México, Distrito
Federal |
Principales Dudas Sobre el Sistemas de Ahorro para el Retiro y Afores1.- ¿QUE ES EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO (SAR)? Es un seguro de ahorro para el retiro, creado por decreto presidencial el 13 de febrero de 1992 como adición a ley del Seguro Social, con vigencia a partir del 1° de mayo del mismo año, en donde se establece como obligación del patrón aportar el 2 % del salario base de cotización a favor del trabajador, a partir de esa fecha se abrieron dos subcuentas individuales que se identifican como subcuenta de retiro y subcuenta de vivienda, ambas integran la cuenta individual del Seguro de Ahorro para el Retiro. 2.- ¿QUE ES LA CONSAR? Es la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro Para el Retiro, que se encarga de supervisar a las Afores y Siefores para que se administren correctamente los recursos de los trabajadores en cumplimiento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el retiro, vigente a partir del 1° julio de 1997. 3.- ¿QUE ES LA CONDUCEF? Es la Comisión Nacional de Usuarios de Servicios Financieros, a esta comisión deberán acudir los trabajadores para manifestar sus inconformidades por malos manejos arbitrariedades cometidas por las AFORES en perjuicio de sus intereses. 4.- ¿QUE ES LA CUENTA INDIVIDUAL? ( Creada en julio de 1995 como producto de las reformas
a la ley del IMSS) Es aquella que se abrirá por cada asegurado
en las administradoras de fondos para el retiro (AFORE) para que se depositen
en las mismas las cuotas obrero-patronales y estatales por concepto del
Seguro de Retiro, Cesantia en Edad Avanzada y Vejez, así como los
rendimientos de dichas aportaciones. 5.- ¿EN QUE MOMENTO SE PUEDE DISPONER DE LA SUBCUENTA DE RETIRO? En forma parcial del 10% cuando se encuentre el trabajador
incapacitado por tiempo superior a las prestaciones fijadas por la ley
del IMSS o bien si se encuentra dado de baja del régimen obligatorio,
es decir que este desempleado, como lo señalan los artículos
183-P y el penúltimo párrafo del articulo 183-O de la Ley
del Seguro Social. 6.- ¿A QUE TIENE DERECHO EL TRABAJADOR CUANDO SE PENSIONA CON LA LEY DEL IMSS DE 1973? A que la Afore le entregue en una sola exhibición
los acumulados en el ramo de Retiro más los rendimientos de la
subcuenta de Retiro,Cesantia en edad Avanzada y Vejez, como lo determinan
los artículos décimo Tercero transitorio de la actual Ley
del IMSS. 7.- ¿ QUE PASA CON LA SUBCUENTA DE VIVIENDA? Se tiene que entregar lo que tenga acumulado, al trabajador siempre y cuando no tenga algún crédito con el Infonavit. aunque este se niega a entregarlo al trabajador. 8.- ¿QUE HACER EN CASO DE QUE NO SE ENTREGUEN ESTOS RECURSOS? Para el caso de la subcuenta de retiro, poner una queja ante la Consar, y en caso de no encontrar respuesta presentar una demanda ante la junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para el caso de vivienda, se hace necesario presentar la demanda en contra del Infonavit y de la Afore donde estuviese registrado el trabajador, donde se reclamaría todo lo acumuladazo en esta subcuenta. lic. Uriel Islas Rodríguez Teléfonos donde pueden consultar 0445519256370 Correos electrónicos: asesoriaprocuracion_solidaridad@yahoo.com.mx |
|
México, Distrito
Federal |