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Año 3. No.159. del 08 al 14 nov. 2008.
México,D.F.

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El Gobierno Federal las Promueve

CRECEN SIN CONTROL OUTSOURCING EN MEXICO

Por Regina Vargas

 

En nuestro país, más del 10 por ciento de los trabajadores están subcontratados bajo el esquema de outsourcing o terciarización, sin prestaciones y sin futuro de tener una pensión al término de su vida laboral, denunciaron sindicalistas nacionales e internacionales. Incluso, calculan que por lo menos 15 por cierto del sector gubernamental también lo hace.

Durante el Seminario Internacional de Estrategias Jurídicas y Sindicales Frente a la Subcontratación (outsourcing), el asesor de la Central Sindical de las Américas (CSA), Alvaro Orsatti; el investigador del Centro de Investigación Laboral y Asesoría Sindical, (Cilas), Matteo Dean, señalaron lo anterior, de acuerdo a cifras del 2005.

Ello, dijeron, como un crecimiento de 40 por ciento en la subcontratación entre los años 1999 y 2004, con una ocupación primordial en el sector que involucra computación, comunicaciones, medición; aunque al paso del tiempo se ha ido diversificando. (leer noticia relacionada)

De acuerdo al CILAS, también se ha podido saber que 49 por ciento de las firmas con más de 500 empleados tienen prácticas de outsourcing, mientras que una quinta parte de las que tienen entre 100 y 499 trabajadores recurren al mismo esquema y de las que tienen menos de 100 trabajadores sólo 15 por ciento recurre al outsourcing. Se calcula que por lo menos 15 por cierto del sector gubernamental también lo hace.

De ahí que Alvaro Orsatti señaló que es necesario impulsar estrategias legislativas, jurídicas y sindicales para enfrentar los efectos del outsourcing, ya que una décima parte de los trabajadores en el país están subcontratados y sin prestación social.

El asesor de la Central Sindical de las Américas mencionó que la "tercerización" es la forma más perversa que se utiliza para enfrentar las relaciones laborales, lo cual implica la precarización del trabajo, la pérdida de derechos laborales y de asociación.

Sostuvo que en los hechos es la forma más sofisticada de la globalización en cuanto a métodos productivos y de encaramiento de las relaciones interempresariales y laborales en un mundo dominado por las empresas transnacionales.

Dijo que ese fenómeno está en constante expansión a nivel nacional e internacional por el uso que le dan las grandes empresas en su política de proveedoras de mano de obra barata y sin prestaciones sociales.

En su intervención, comentó que en el proceso de outsourcing tienen lugar las prácticas más intensas de la flexibilización en el mundo del trabajo, lo que causa una precarización extrema de las condiciones laborales y de vida de los empleados.

Bajo este esquema de contratación, agregó, se violan las diferentes disposiciones legales nacionales e internacionales en material laboral y sindical.

Detalló que la precarización se produce a través de distintas vías de flexibilización: la tercerización, es decir, la incorporación al giro de una empresa de trabajadores periféricos o no permanentes, aportados por otra compañía en actividades principales de aquella.

En consecuencia, añadió, se produce una relación triangular entre las dos empresas y trabajadores vinculados a ambas.

La subcontratación, también conocida como outsourcing, es la forma más perversa para administrar empresas y enfrentar las relaciones laborales, porque implica la “precarización del trabajo y la pérdida de derechos laborales y de asociación”, aseguró ayer Álvaro Orsatti, asesor de la Central Sindical de las Américas (CSA).

El especialista insistió que esa seudo contratación, en los hechos, es la forma más sofisticada de la globalización neoliberal en cuanto a métodos productivos y para encarar las relaciones interempresariales y laborales en un mundo dominado por las trasnacionales, cuya utilización se da en los ámbitos privado y gubernamental.

También existen modalidades de precarización que no implican tercerización, es decir, se aplican sobre los propios trabajadores fijos de la empresa.

Estos empleados se ven sometidos a cambios en la jornada de trabajo, en la movilidad entre distintos puestos, en la remuneración, y en la forma en que son contratados: trabajo a tiempo determinado, trabajo temporáneo, trabajo a tiempo parcial, contratos formación/aprendizaje.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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