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México, Distrito Federal

Retrasan Desahogo

LENTA JUSTICIA EN AMPAROS VS LEY ISSSTE

Por Regina Vargas

La Unión de Jurista de México acusó al Juzgado de Distrito para atender la solicitud de amparos contra la nueva Ley del ISSSTE de retrazar de manera deliberada las audiencias y las resoluciones.

"La ley establece que se tiene 50 días para resolver el amparo, desde que se presenta hasta llegar a su resolución, pero tenemos que la última solicitud con fecha del viernes 15 de agosto y expediente 133 mil, va a tener su audiencia constitucional el 17 de abril de 2008, es decir, un año después de que se presentó la solicitud.

Eduardo Miranda, abogado de esta organización, comento que lo anterior refleja la irregularidad en la impartición de justicia donde es notoria la dilación e ineficacia del poder judicial”.

Por ello, detallo que hasta el 21 de mayo, el juzgado reconoció el trámite y solicitud de 167 mil amparos, lo cual también evidencia “su mala fe” ya que no contempla a los que ya se tramitaron en provincia y que están a siendo enviados al juzgado especial. “En términos generales hay más de 260 mil demandas de amparo que involucra a más de 800 mil trabajadores, es decir, la tercera parte de los servidores activos del ISSSTE”.

Sostuvo que la Unión de Juristas de México interpondrá una demanda administrativa y judicial contra el director general del ISSSTE, Miguel Ángel Yunes Linares por “abuso de autoridad” y por desacatar “maliciosamente” la orden del juez que otorgó una suspensión provisional a más de 133 mil trabajadores amparados contra la Ley del

ISSSTE.

Eduardo Miranda menciono acudirán al Consejo de la Judicatura Federal y a la Secretaría de la Función Pública, para interponer la demanda judicial y administrativa, respectivamente, contra Yunes Linares.

De acuerdo con Miranda el director del ISSSTE al desacatar la orden judicial “violó la ley de amparo” y, por lo tanto, se puede hacer acreedor a las sanciones establecidas en los artículos 206 y 215 del Código Penal que en términos generales condena hasta

con 8 años de cárcel y una multa que va de 50 a 300 salarios mínimos generales a la autoridad infractora.

 
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