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Año 3. No.179. del 28 mar al 03 abr. 2009.

México,D.F.

www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa

 

A 21 Meses de Huelga

PROPONEN LIQUIDAR A MINEROS DE CANANEA

*Es Inconstitucional la Medida: Carlos de Buen

Regina Vargas

 

Por tercera ocasión, se otorgó un fallo en favor de la huelga en Cananea que está por cumplir 21 meses, ya que se declaró inconstitucional la declaración de inexistencia emitida por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Sin embargo, la Secretaría del Trabajo informó que la empresa ya presentó a la junta un aviso de que desea terminar las relaciones de trabajo individuales y colectivas en esta mina, con sus trabajadores sindicalizados y de confianza. Medida que calificó Carlos de Buen como “absolutamente inconstitucional” y representa “otro ataque”, al sindicato minero.

 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó, en un comunicado, que el pasado viernes 20 de marzo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) recibió por parte de la empresa Mexicana de Cananea, aviso de terminación de las relaciones individuales y colectiva de trabajo con sus trabajadores sindicalizados y de confianza.

 

La medida obedece, según el escrito presentado por la empresa, a la magnitud de la destrucción, deterioro, sustracción y vandalismo que han sufrido las instalaciones de la mina durante 21 meses que ha durado la huelga en la Unidad Minera de Cananea, lo cual no es imputable a la empresa y constituye una causa de fuerza mayor, que motiva su solicitud de aprobación del aviso.

 

Lo anterior, argumenta la empresa, se encuentra basado en una resolución dictada en días pasados por la autoridad minera (Secretaría de Economía) que determinó que los daños causados a las instalaciones del centro de trabajo hacen imposible la realización de obras y trabajos, en los términos establecidos por la Ley Minera.

 

Ante esta situación, la JFCA ha iniciado el procedimiento especial previsto en la Ley Federal del Trabajo para estos casos (Art. 434, fracción I y demás relativos), y notificó a las partes el acuerdo de admisión respectivo, en el que se les cita a una “audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución”, que se celebrará el 14 de abril próximo.

A fin de resolver si aprueba o desaprueba la solicitud de la empresa y, con ello, en su caso, se tengan por terminados los contratos individuales de trabajo con el personal sindicalizado y de confianza, así como el contrato colectivo de trabajo celebrado con el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana.

 

En este sentido, una vez que se lleve al cabo la audiencia de ley, la JFCA contará con los elementos de juicio para determinar lo que en derecho corresponda.

Carlos de Buen respondió: esta flagrante violación constitucional está siendo avalada por las propias autoridades laborales, quienes han convocado, a las partes en conflicto, a una “audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución”, para el 14 de abril próximo, con el propósito de resolver, si aprueba o desaprueba, la solicitud de la empresa.

 

“En el caso de Mexicana de Cananea está intentando también dar por terminadas las relaciones de trabajo, lo cual, obviamente, va en contra del derecho Constitucional de huelga.

 

Esto siguen siendo ataques, perpetrados por la empresa y, obviamente, con la complicidad de las autoridades laborales”, denunció el especialista.

 

De acuerdo a Carlos De Buen, los argumentos que expone “Grupo México” no constituyen “una causa de fuerza mayor” y, mucho menos, que deba ser aprobada, como lo fue en días pasadas, por la autoridad minera a cargo de la Secretaría de Economía, misma que determinó que los daños causados a las instalaciones de la mina hacen imposible la realización de obras en los términos establecidos por la Ley Minera.

 

“En Cananea se intentará hacer, lo que en su momento, se pretendió en Taxco, mina también se encuentra en huelga desde el pasado 30 de junio del 2007.

 

“ La Junta Federal , esta misma Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, habían mantenido congelada un procedimiento en que la empresa Industrial Minera México, pretende dar por terminadas las relaciones de trabajo de todos los trabajadores, tanto las individuales como las colectivas del Sindicato”.

 

“Este procedimiento quedó congelado con un acuerdo de exposición de pruebas que es un trámite muy sencillo que debe la Junta resolver y, sin embargo, se tardo un año o casi un año, para resolver este acuerdo de pruebas.

 

“¿Cuál fue el resultado? Admitió todas las pruebas de Grupo México y rechazó todas las pruebas del sindicato, casualmente.

 

Por lo que corresponde a la posición de la Junta Federal , este organismo dependiente de la Secretaría del Trabajo, expone que ha iniciado el procedimiento “especial” previsto en la Ley Federal del Trabajo para estos casos, contemplados en el artículo 434, fracción I y demás relativos y notificó a las partes el acuerdo de admisión respectivo.

 

Recalcó que esta flagrante violación constitucional está siendo avalada por las propias autoridades laborales, quienes han convocado, a las partes en conflicto, a una “audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución”, para el 14 de abril próximo, con el propósito de resolver, si aprueba o desaprueba, la solicitud de la empresa.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

Año 3. No.179. del 28 mar al 03 abr. 2009.

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