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Cifra Real

MEDIO MILLÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO AL AÑO

Por María de Lourdes Martínez González

En el 2008 aumentarán a casi medio millón los reportes de accidentes laborales, debido a que desde noviembre pasado se estableció un nuevo procedimiento para su calificación en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), informó la Jefa de División de riesgos de Trabajo, doctora Guadalupe Zamora Camacho.

En entrevista con Frecuencia Laboral, el Espacio donde los Trabajadores son la noticia, que realizamos el pasado jueves 17 de enero del 2008, señaló que en México se han reconocido alrededor de 380 mil o un poco más accidentes de trabajo que se reportan ante el IMSS.

“Pero cuando hicimos una investigación, una auditoría con todos los casos que llegaban a urgencias de trabajadores accidentados, resulta que hay un poco más de cien mil que no se notificaban como accidentes de trabajo. O sea las cifras de accidentes de trabajo se van a incrementar por lo menos en un 25 por ciento, con este nuevo procedimiento. Pensamos que en lugar de tener 380 o 400 mil al año, vamos a estar registrando aproximadamente 500 o 600 mil, pero son las cifras reales”.

Señaló que con el procedimiento anterior de calificación de accidentes de trabajo se propiciaba subregistro de los mismos, además de que no todos los afectados podían cobrar su pensión por lesiones o enfermedades del trabajo.

“El nuevo procedimiento realmente lo que garantiza es que el 100 por ciento de los casos de asegurados ante el IMSS, que lleguen a los servicios médicos de urgencias y de atención continua reportando que su lesión o enfermedad es por un riesgo o accidente de trabajo, se va a calificar como se debe, como accidente de trabajo, porque antes nos quedaba un número importante de al menos 25 por ciento de casos que no se calificaban como accidente de trabajo, porque el trabajador no concluía los trámites”.

P.- ¿Esto le generaba al IMSS muchas demandas?

R.-Más que demandas al instituto lo que genera es que al trabajador asegurado y su familia es que las prestaciones a las que tiene derecho, es que le van a pagar su prestación de pensión por accidente de trabajo al 100 por ciento desde le primer día del incidente, en caso de que le quede una secuela.

De otra forma cuando no concluía su trámite para calificarlo como accidente de trabajo se le toma como enfermedad general y como tal solamente se le paga el 60 por ciento de su salario y a partir del cuarto día.

O sea, el trabajador se ve afectado, porque no está recibiendo las prestaciones a que tiene derecho.

Por otro lado un beneficio que tiene para las empresas es que van a tener información oportuna de la calificación que el seguro social emite, de ese probable accidente de trabajo, porque nosotros se lo vamos a hacer llegar por correo certificado al domicilio que la empresa tiene certificado ante el instituto.

P.-¿Anteriormente cómo era el procedimiento?

R.- A través del trabajador le entregábamos la copia del patrón y él se la llevaba. Obviamente en el momento en que él quisiera o pudiera, era voluntad del patrón y de hecho de una manera incorrecta estábamos utilizando al patrón o a su familiar como mensajero. Y las empresas al no tener un comprobante de la notificación del instituto podían argumentar que no se habían enterado o que el instituto no le avisó y eso genera al IMSS muchas demandas o juicios fiscales.

La otra ventaja es que un solo documento estamos integrando toda la información de un probable accidente de trabajo.

Es decir, la nota de atención médica inicial que antes estaba separada, era una nota diferente y en ocasiones se podía perder, ya no llegaba al patrón, el trabajador no se la enseñaba, etc., ahora es el anverso del formato nuevo RT7, que en el reverso tiene información que el patrón nos tiene que dar sobre el trabajador, a la que llamamos información complementaria del patrón y, al final, damos el dictamen de calificación del instituto.

Entonces tanto el patrón, como el trabajador y el Instituto, tenemos una sola hoja con la información.

P.- ¿Cómo se clasifica a las empresa por sus accidente de trabajo?

Cada año está establecido que tanto la empresa lleve el registro de accidentes y enfermedades de trabajo, como el instituto. La ley señala que en febrero los patrones tienen que hacer su calificación o autoclasificación de sus accidentes y enfermedades de trabajo que tuvieron en el año inmediato anterior, el número de incapacidades que generaron y las pensiones que se tuvieron que pagar.

Una vez que la empresa presenta su autoclasificación el IMSS compara sus datos y si hay diferencias se le informa y la información que tenga el IMSS es la que se toma para poderle decir cuánto va a pagar en el 2008 para sus aportaciones sobre seguro de riesgo en el trabajo.

Todas las empresas tienen que informar, de lo contrario estarían incurriendo en sanción, se les multa porque es una obligación.

Lo que sí es que pueden reportar menos y nosotros tenemos los datos y lo que hacemos es confrontar la información.

P.- ¿La cuota que paga el patrón de acuerdo a su índice de accidentes y enfermedades?

R.- Las aportaciones por riesgos de seguro y enfermedad de trabajo que pagan los más de 800 mil patrones en un año al IMSS son más de 17 mil millones de pesos. El cálculo de cuánto deben pagar se basa en el número de días de incapacidad que generaron los accidentes de trabajo y en las pensiones que generaron esos accidentes de trabajo, así como las defunciones por estos riesgos de trabajo, para lo cual hay una fórmula y da el porcentaje de lo que deben de pagar.

Esta nueva fórmula empezó a ejecutarse en algunas delegaciones desde el 15 de noviembre del 2007 y se va a generalizar a partir de febrero del 2008 y nosotros podríamos comentar resultados a partir del siguiente semestre lo cual ya se verá reflejado en el informe que debemos entregar en junio a la Cámara de Diputados, en el que se señalan los resultados de las finanzas y asuntos importantes del IMSS.

 

 

 

 

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