Portal Semanario
Año 10. No. 534. del 13 al 20 mar 2016
Premio de Comunicación Alternativa

PÁGINA SOLIDARIA

En Solidaridad Publicamos Textualmente:

 

SUTIN en Revisión Contractual

 

Ricardo Flores Bello
Secretario de Prensa del SUTIN

Carlos Guillén S.
Secretario del Exterior del SUTIN

 

El Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear, SUTIN, se encuentra en proceso de revisión del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) firmado con el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares. El próximo 31 de marzo se vence el plazo para esta revisión y con tal motivo, la última semana de enero, el SUTIN hizo entrega de su proyecto de revisión contractual, tanto a la dirección del ININ, como a las autoridades laborales. De esta manera, se cumplieron los requisitos de tiempo y forma que la ley establece. A partir de nuestra solicitud y proyecto, la autoridad laboral invitó a las partes a iniciar las pláticas para llegar a un acuerdo en la revisión contractual y salarial, mismas que iniciaron el 1° de marzo.

En su proyecto de revisión, el SUTIN demanda un incremento salarial de 9%, así como otras peticiones de carácter económico que permitan a los trabajadores nucleares recuperar, así sea parcialmente, el poder adquisitivo de sus salarios.

En esta revisión, además, el SUTIN ha introducido otros elementos a los que da gran importancia y que van más allá de los ingresos que percibimos por nuestro trabajo. Se trata de una serie de propuestas tendientes a fortalecer las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico que por ley realiza el ININ.

En otras palabras, para los trabajadores nucleares nuestra revisión contractual es ocasión no solo para demandar mejoras económicas, tan necesarias en los tiempos que corren, sino momento para reivindicar la actividad profesional que desarrollamos cotidianamente, es decir la investigación científica y el desarrollo tecnológico en ciencias y tecnologías nucleares.

Esto es particularmente importante en momentos como los actuales, en que cada vez más sectores de la academia, de la industria y aun del gobierno, reconocen que ante la creciente necesidad de energía para el desarrollo de la sociedad, la energía nuclear es una posibilidad viable para avanzar por ese camino con respeto al medio ambiente, lo que exige a países como el nuestro, contar con los recursos humanos profesionales que le permitan aprovechar el uso de las tecnologías modernas sin menoscabo de su soberanía. Para avanzar por este camino, las instituciones del sector nuclear, de las cuales la principal en México es el ININ, deben contar con el apoyo presupuestal correspondiente y condiciones de trabajo que les permitan realizar sus actividades en las mejores condiciones.

El proyecto de revisión presentado por el SUTIN, se basa en tres criterios: a) Fortalecer la viabilidad del ININ, b) Regularización en la aplicación del CCT, y c) Actualización económica. Esto se busca a través de la modificación de 26 cláusulas del CCT, con lo cual se pretende generar las condiciones más adecuadas para el desarrollo del trabajo de investigación.

Entre las propuestas sindicales está que el Instituto destine para fortalecer los proyectos de investigación, el equivalente al 2% de la nómina del instituto para reinversión en equipos y que la opinión de los investigadores en la aprobación de los proyectos sea realmente considerada. También, que se cuente con condiciones para poder hacer visitas o estancias en otras instituciones, en actividades interinstitucionales de investigación, entre otras propuestas.

Sin embargo, a pesar de la importancia que para el desarrollo de cualquier país, tiene la investigación científica y el desarrollo tecnológico y que el proyecto sindical apunta en este sentido, la administración del ININ contestó en un primer momento con la negativa a una solución que fortalezca a la institución y su trabajo de investigación y desarrollo; además han presentado una demanda para que se modifique el Contrato Colectivo de Trabajo en un sentido regresivo, con la modificación de dos cláusulas del CCT. Una, relativa a las condiciones de trabajo para el personal de confianza, en la que pretenden introducir un texto que señale que este personal no reciba los incrementos salariales y prestaciones del personal sindicalizado. La otra, relativa a la jubilación para el personal ocupacionalmente expuesto (POE), es decir, personal que trabaja en áreas donde está expuesto a las radiaciones, a quienes el CCT establece que por cada 5 años trabajados en esas áreas, se calcule uno más para efecto de jubilación, con lo que se busca proteger su salud. Amenazó la administración del ININ que si no se acepta “incondicionalmente” esto, no hará propuesta alguna para la revisión contractual.

Estas pretensiones de la administración del ININ no son nuevas. Ya lo ha intentado y ha sido derrotada. Este nuevo intento cae en la ilegalidad al contravenir lo dispuesto en la Ley Federal de Trabajo ya que el artículo 394 de la misma, prohíbe que cualquier contratación colectiva pueda revisarse por debajo de las condiciones que prevalecen hasta antes de su propia revisión. Se trata de una propuesta retrógrada e inconstitucional, desde el momento en que pretende imponer retrocesos a las condiciones estipuladas en el CCT vigente.

En las pláticas realizadas hasta el momento, aunque hay algún avance pues se han revisado casi todas las peticiones del SUTIN, los resultados son aún pobres. Se han firmado dos cláusulas de las 26 planteadas. Una, que establece permisos para padres trabajadores al nacer sus hijos y para atención a hijos con capacidades diferentes, y una nueva, contra la discriminación. En otras cláusulas, la administración del ININ se las ha llevado para su análisis y se han explorado alternativas que también están en análisis, en otras. En las que tienen implicaciones económicas, la respuesta ha sido negativa hasta el momento.

Los próximos días serán definitivos en este proceso. El SUTIN insistirá en la defensa de las condiciones de vida de sus afiliados y en el fortalecimiento del propio instituto.

 

sutin@prodigy.net.mx

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
   
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Año 10. No. 534. del 13 al 20 mar 2016
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