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¿QUÉ ES LA SEGURIDAD SOCIAL?
LAS GUARDERÍAS SON UN DERECHO DE SEGURIDAD SOCIAL*Es una Obligación del Patrón Proporcionar Guarderías a los Hijos de los Trabajadores.
Por Lic. Jesús Luna Arias, Asesor Legal Voluntario de Frecuencia Laboral, Participación del sábado 204/junio/2016, Trascripción de Andrea Luna, colaboradora voluntaria Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com
“Lamentablemente, no hay antecedentes sobre luchas laborales en que los trabajadores hayan impulsado el tener la seguridad social, principalmente en el tema de guarderías. Pero una de las premisas es que los trabajadores estuvieron luchando por conquistar la estabilidad en el empleo, que tuvieron prevención laboral, que tuvieran el pago de enfermedades profesionales o accidentes de trabajo y que se les respetaran sus derechos humanos. Sobre la seguridad social en México hay una enorme confusión, desde mi punto de vista, porque muchos confunden ese conceptocon el hecho de tener seguro social. La seguridad social abarca muchos elementos que el seguro social este es sólo un elemento de la seguridad social. En general. la estabilidad en el trabajo, tener una vivienda digna, tener un salario decoroso y tener una pensión, todo eso es seguridad social. Esto está establecido incluso en la constitución política de 1917. Las guarderías se establecen en la Ley Federal del Trabajo a partir de 1931, pero es hasta 1962 cuando de manera puntual se establece la obligatoriedad de que los patrones tienen que proporcionar guarderías a los hijos de los trabajadores, desde los 40 días de nacimiento hasta los 6 años de edad. Ahora ya habido una serie de reformas entre ellas, por ejemplo, la subrogación que se da a partir del 2004 y en el 2013 donde se establece que empresarios privados o personas puedan dar el servicio de guarderías del Instituto Mexicano del Seguro Social, por lo cual cobran por niño. Eso no debería de ser. La obligatoriedad del seguro social está en las normas que establece y en el reglamento de que su obligación en vigilar y supervisar que estas guarderías den el servicio guardando todas las medidas epidemiológicas y de certeza de salud y atención a los niños menores, con el objetivo de que no sufran accidentes. Lamentablemente, eso no existe en nuestro país”.
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Año 10. No. 546. del 05 al 11 junio 2016 | Premio de Comunicación Alternativa |