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Sancionan a Algunos de sus Funcionarios EL SAE VENDIÓ Y USÓ INDEBIDAMENTE BIENES DE LYFC
Por María de Lourdes Martínez González El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes recibió 13 observaciones, 15 recomendaciones y 6 Promociones para sancionar administrativamente a algunos de sus funcionarios, debido a que la Auditoría Superior de la Federación comprobó en la revisión de la cuenta pública 2009 que el SAE puso a disposición de entidades federales y de particulares bienes inmuebles Luz y Fuerza del Centro, sin que se respetaran las leyes y reglamentos correspondientes, además de otras anomalías como el cobro rentas bajas por inmuebles arrendados y destruyó 7,906 bienes muebles . También se presentaron 34 denuncias penales por corrupción contra funcionarios públicos de distintas dependencias públicas, algunos de ellos de Comisión Federal de Electricidad. Sin embargo, la Auditoría Superior de la Federación no está facultada a castigarlos sino que canalizó las denuncias a la Procuraduría General de la República (PGR) y/o a las contralorías internas de cada dependencia en espera de que apliquen las sanciones correspondientes. Al respecto la presidenta de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, Esthela Damián, en entrevista con Frecuencia Laboral, luego de que se presentó el informe de la Auditoría Superior de la Federación sobre la cuenta pública 2009, en la Cámara de Diputados, el pasado miércoles 16 de febrero del 2010, advirtió que durante el tercer año del gobierno de Felipe Calderón las denuncias por corrupción son más que en años anteriores. Aunque al depender de la PRG o de las contralorías internas de cada dependencia aplicar la sanción, se complica la demanda ciudadana de castigar a los culpables de malversar los fondos públicos, "pero hay avances", agregó. El auditor Superior de la Federación, Manuel Portal Martínez, recordó que una vez que le es entregada la cuenta pública -del presupuesto público de ingresos y egresos del año fiscal que concluyó- se tarda un año en realizarlo. A lo largo de ese año requiere información de los organismos que son auditados y estos tienen 3 meses de plazo para responder. En caso de no hacerlo o no dar respuestas satisfactorias, se procede a hacer observaciones, recomendaciones, sanciones administrativas o denuncias penales. Por su parte, Mario Di Constanzo, secretario de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, dijo que en la revisión de la cuenta pública 2009,se evidencia la tendencia privatizadora el gobierno federal, principalmente en el ramo carretero y en el sector energético.
A continuación reproducimos partes textuales de la Auditoría 2009 al SAE.Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 4 4. Base de datos de bienes asegurados y decomisados transferidos al SAE para su administración y destino Con la consulta de la base de datos del SIAB y con los expedientes de los bienes muebles e inmuebles de la muestra de revisión, se constató que en la base de datos no se encuentra actualizado el estatus de los bienes asegurados y decomisados; no genera reportes sobre el estado de los bienes a un periodo determinado; de algunos bienes en numerario asegurado no se tiene el registro del tipo de divisa; la entidad que formaliza la transferencia de los bienes mediante las actas de entrega recepción no corresponde con la registrada en el SIAB; y, en algunos casos, el archivo de los documentos digitalizados relacionados con los bienes no se puede consultar ya que al abrir el archivo el sistema despliega una ventana con la leyenda de no disponible; además, el sistema contiene registros de bienes que ya fueron devueltos, destruidos, donados o vendidos, lo que dificulta su consulta y lo limita como una herramienta de control eficiente en la administración y destino de los bienes asegurados y decomisados. Véase acción(es): 09-1-06HKA-06-0266-01-004 5. Bienes asegurados y decomisados otorgados para su uso Con las bases de datos contenidas en el SIAB, proporcionadas por la entidad fiscalizada respecto de la administración y destino de los bienes muebles e inmuebles asegurados y decomisados que le son transferidos por el PJF y la PGR, se determinó el universo de bienes con que contó el SAE durante el ejercicio fiscal 2009, así como de aquellos a los que les dio destino. El universo de bienes se integra de 23,422,496 bienes muebles y 1,694 bienes inmuebles, así como del numerario asegurado en moneda nacional y extranjera consistente en 10.7 miles de euros, 19,249.3 miles de pesos mexicanos, 54,633.0 miles de dólares, y de 2,167.8 miles de otro tipo de moneda de la cual no se identificó el tipo de divisa. Con lo anterior, se determinó una muestra de revisión de los bienes muebles e inmuebles asegurados y decomisados de Oficinas Centrales del SAE, considerando los criterios de accesibilidad de la información, el tiempo y los recursos humanos y materiales con los que se contó para la realización de la auditoría, la muestra se integró de la manera siguiente: MUESTRA BIENES MUEBLES E INMUEBLES ASEGURADOS Y DECOMISADOS
FUENTE: SAE, bases de datos. Con objeto de constatar que el procedimiento mediante el cual el SAE otorgó diversos bienes muebles e inmuebles asegurados, en depositaría para su uso, se ajustó a la legislación y normativa, se revisaron los expedientes de 18 bienes, de los cuales 7 son muebles asegurados, y 11 inmuebles de los cuales son 10 inmuebles asegurados y 1 inmueble decomisado. Se constató que el Director General del organismo, mediante diversos acuerdos, nombró depositarios provisionales y autorizó otorgar en uso provisional 11 bienes inmuebles, de los cuales a la PGR se le otorgaron 2, uno en comodato y el otro en depositaría, ambos a título gratuito; a una empresa se le otorgó un inmueble en depositaría a título gratuito, y 8 inmuebles se otorgaron en depositaría a personas físicas y morales, las cuales pagaron una contraprestación por el uso de los bienes. En relación con los 7 bienes muebles asegurados, se constató que se otorgaron para su uso provisional a “título gratuito” a instituciones y dependencias de la Administración Pública Federal. Con la revisión de los expedientes de los 11 bienes inmuebles y de los 7 bienes muebles otorgados para su uso, se determinó lo siguiente: • En 3, no se señaló en la solicitud el compromiso de asumir los gastos de mantenimiento. • En 15, el depositario no presentó los informes mensuales sobre la utilización del bien. • En 2, el depositario no presentó la póliza de seguro del bien. • En 8, no se presentó la garantía por el pago de la contraprestación. • En 1, el SAE no emitió la autorización de la contraprestación para el uso del inmueble. • En 3, no se tuvo evidencia del RFC del depositario. • En 1, no se contó con el currículum vitae del depositario.
Funciones de Gobierno 7 Sin embargo, se observó que las contraprestaciones correspondientes al ejercicio fiscal de referencia se efectuaron en parcialidades durante el periodo de julio de 2009 a abril de 2010, lo cual debió ser causa de terminación del nombramiento de depositaría, por no cubrir dichas contraprestaciones dentro de los primeros cinco días de cada mes. Véase acción(es): 09-1-06HKA-06-0266-01-008 09-9-06HKA-06-0266-08-002 7. Informes trimestrales de bienes asegurados y decomisados en depositaría Con los informes trimestrales presentados por el Director General del SAE a la Junta de Gobierno en las sesiones ordinarias vigésima séptima, vigésima octava, vigésima novena y trigésima, realizadas el 10 de julio, 10 de septiembre y 10 de diciembre de 2009, así como el 18 de marzo de 2010, respectivamente, se constató que la entidad fiscalizada omitió presentar la relación sobre los nombramientos de los depositarios provisionales, otorgados durante el periodo sobre los bienes asegurados. Véase acción(es): 09-1-06HKA-06-0266-01-009 8. Bienes en uso del SAE Se constató que durante el ejercicio fiscal de 2009, el SAE utilizó 4 bienes muebles asegurados. Con objeto de verificar que el organismo cumplió con las formalidades para la utilización de dichos bienes, se determinó revisar los expedientes de los bienes muebles con núms. de SIAB 240578, 329644, 231037, 271938, consistentes en 4 vehículos, de los cuales 2 son camionetas Pick Up Lobo, modelos 2003 y 2006; 1 camioneta tipo Sienna y 1 automóvil Seat tipo Toledo, modelo 2004, respectivamente; los dos primeros se otorgaron en uso desde el 13 de febrero de 2008; los otros dos, desde el 26 de julio de 2006. De la revisión de dichos expedientes, no se contó con evidencia que acredite que se presentó la solicitud para la utilización de los bienes, así como del compromiso de asumir los gastos de mantenimiento y conservación necesarios del bien otorgado para su utilización. No se tuvo evidencia que acredite que se presentaron los informes mensuales correspondientes al ejercicio fiscal 2009, sobre el estado de los bienes asegurados, ni de las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo, así como del pago de servicios y contribuciones que se hubieran realizado. Véase acción(es): 09-1-06HKA-06-0266-01-010 y 09-9-06HKA-06-0266-08-003 |
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9. Bienes destruidos Para comprobar que el SAE se ajustó a la normativa para realizar la destrucción de bienes asegurados y decomisados, se determinó revisar una muestra de expedientes, consistentes en 7,906 bienes muebles destruidos en oficinas centrales. Con la consulta en el SIAB de los cuatro expedientes de la muestra se constató lo siguiente: Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 8 No se contó con evidencia documental que acreditara que el Director General, el Director Corporativo de Operación o el Director Corporativo del Proceso de Bienes del SAE emitieran la autorización para realizar la destrucción de los bienes, así como de la notificación a la PGR y a la autoridad judicial sobre la destrucción de los bienes. Con el acta de destrucción del 26 de octubre de 2009 se hizo constar la destrucción de 7,906 bienes, y se constató que el OIC en el SAE no participó en los actos de destrucción, aún cuando el SAE mediante el oficio DCO/DECR/CRCE/C/0892/09 del 19 de octubre de 2009, invitó a los servidores públicos del OIC en el SAE al acto en comento. Al respecto, la entidad fiscalizada proporcionó las constancias de destrucción enviadas a la autoridad judicial correspondiente del proceso de destrucción de los bienes señalados. Véase acción(es): 09-0-27100-06-0266-08-001 09-1-06HKA-06-0266-01-011 09-9-06HKA-06-0266-08-004 10. Bienes muebles asegurados y decomisados registrados con estatus de dictaminados para destrucción Con la revisión de 11 expedientes consistentes en 14,581 bienes muebles, que representó el 100.0% de la muestra seleccionada, que se encontraban registrados con un estatus de dictaminados para su destrucción, al 1º. de enero de 2009, según consta en los registros contenidos en la base de datos proporcionada por la entidad fiscalizada, se determinó lo siguiente: En los expedientes de 6 bienes muebles se comprobó que éstos fueron transferidos por la PGR al Servicio de Administración de Bienes Asegurados (SERA) mediante las actas de entrega-recepción núms. A/PGR/6/DRD/DAB/0041/00/06 del 8 de junio de 2000 y A/PGR/6/DRD/DAB/0079/02/03 del 12 de marzo de 2002, y se constató que al 31 de diciembre de 2009, no obró constancia del dictamen para proceder a su destrucción, por lo que su registro en el SIAB con el estatus de “dictaminado para su destrucción” es erróneo. Con la documentación contenida en dos expedientes, consistentes en 140 y 7,500 bienes muebles, se constató que éstos fueron transferidos al SERA por la PGR mediante las actas de entrega-recepción núms. A/PGR/6/DRD/DAB/0-05/00/01 y A/PGR/6/DRD/DAB/0076/02/03 de fechas 21 de enero de 2000 y del 10 de marzo de 2002, respectivamente; también se constató que con las actas núms. SDDD/ADTS/001/2001 y DES/PJF/CEN/DEABM/011-014/08/11 de fechas 22 de mayo de 2001 y 28 de noviembre de 2008, respectivamente, se acreditó la destrucción de dichos bienes; sin embargo, en la base de datos del SIAB, al 1º. de enero de 2009, no se había actualizado su estatus por el de “bien destruido”.
11 se constató que la entidad fiscalizada omitió presentar la relación sobre los nombramientos de los depositarios provisionales, otorgados durante el periodo sobre los bienes asegurados. Véase acción(es): 09-1-06HKA-06-0266-01-009 12 No se tuvo evidencia que acredite que se presentaron los informes mensuales correspondientes al ejercicio fiscal 2009, sobre el estado de los bienes asegurados, ni de las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo, así como del pago de servicios y contribuciones que se hubieran realizado. Véase acción(es): 09-1-06HKA-06-0266-01-010 09-9-06HKA-06-0266-08-003 13 Con el acta de destrucción del 26 de octubre de 2009 se hizo constar la destrucción de 7,906 bienes, y se constató que el OIC en el SAE no participó en los actos de destrucción, aún cuando el SAE mediante el oficio DCO/DECR/CRCE/C/0892/09 del 19 de octubre de 2009, invitó a los servidores públicos del OIC en el SAE al acto en comento. Al respecto, la entidad fiscalizada proporcionó las constancias de destrucción enviadas a la autoridad judicial correspondiente del proceso de destrucción de los bienes señalados. Véase acción(es): 09-0-27100-06-0266-08-001 y 09-1-06HKA-06-0266-01-011 y09-9-06HKA-06-0266-08-004 |
Con lo anterior, se concluye que el SAE no mantiene actualizada su base de datos en la que registra los bienes asegurados y decomisados ya que los bienes muebles destruidos en 2001, los destruidos en 2008, y durante el ejercicio fiscal de 2009, continuaban con el estatus de “dictaminado para su destrucción” y no con el estatus de “bien destruido”, lo que evidencia la falta de actualización del SIAB. Respecto de los bienes en los que no se contó con evidencia que acreditara que el SAE notificara a la PGR, a la autoridad judicial que conociera del procedimiento o, en su caso, a las autoridades aduaneras, de la destrucción de bienes, la entidad fiscalizada proporcionó las constancias de destrucción enviadas a la autoridad judicial correspondiente, del proceso de destrucción de los bienes señalados. Véase acción(es): 09-1-06HKA-06-0266-01-012 12 Se verificó la existencia del acuerdo de aseguramiento y la fe ministerial en cada uno de los casos, de lo que se constató que de los 36 expedientes, 6 no contaron con el acuerdo de aseguramiento respectivo y en 6, no contenían fe ministerial correspondiente. De los 14 expedientes de bienes inmuebles revisados, se determinó que ninguno cuenta con la copia certificada de la solicitud de inscripción del aseguramiento ante el Registro Público de la Propiedad. Véase acción(es): 09-1-06HKA-06-0266-01-015 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria 09-0-27100-06-0266-08-001.- Ante la Secretaría de la Función Pública, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes que, en su gestión, no asistieron a los actos de destrucción de bienes muebles asegurados, no obstante que fueron invitados a dicha destrucción mediante el oficio núm. DCO/DECR/CRCE/C/0892/09 del 19 de octubre de 2009. [Resultado 9] 09-9-06HKA-06-0266-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, omitieron supervisar que los depositarios de 15 bienes presentaran los informes mensuales sobre la utilización de los bienes; que 2 no presentaron la póliza de seguro del bien; y que 8 no presentaron la garantía por el pago de la contraprestación. [Resultado 5] 09-9-06HKA-06-0266-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, no rescindieron el nombramiento de depositaría del inmueble otorgado en uso, con núm. SIAB 34544, ya que el depositario no realizó, en el plazo estipulado en el nombramiento, el pago de las contraprestaciones. [Resultado 6] 09-9-06HKA-06-0266-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente para el fincamiento de las responsabilidades administrativas sancionatorias que se deriven por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, autorizaron la utilización de cuatro bienes asegurados sin cumplir con las formalidades para su utilización. [Resultado 8]09-9-06HKA-06-0266-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, omitieron emitir la autorización para la destrucción de bienes asegurados y decomisados. [Resultado 9] 09-9-06HKA-06-0266-08-005.- Ante el Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que, en su gestión, devolvieron un bien mueble, sin contar con la solicitud u orden de devolución emitida por la autoridad competente. [Resultado 11] |
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Año 5. No. 275. del 19 al 26 de febrero 2011 |
México,D.F. |
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