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Año 13. No. 716. del 29 sept. al 05 oct. de 2019
Premio de Comunicación Alternativa

 

SEGURIDAD SOCIAL

 

Autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

DESAPARECIERON A LA DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

*Pese a que las cifras y gravedad de accidentes y enfermedades de trabajo van en aumento.

*La investigación en esta área del conocimiento es prácticamente inexistente.

 

Por Mso. Luis Manuel Pérez H. Pantoja,

Docente de la Maestría en Ciencias en Salud de los Trabajadores,

Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

Hemos expuesto en participaciones anteriores la crítica la situación de la Salud en el Trabajo en México, por ejemplo, que:

•  Nuestro país carece de un sistema nacional de salud en el trabajo, que genere y articule programas y acciones para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo.

•  La frecuencia y gravedad de los accidentes y enfermedades de trabajo va en aumento.

•  No contamos con un sistema único de registro de accidentes y enfermedades de trabajo, integro, confiable y oportuno, que permita orientar programas en el campo.

•  Tenemos carencia de recursos humanos en el campo: médicos y enfermeras especialistas en salud en el trabajo, higienistas industriales, toxicólogos, ergonomistas, psicólogos laborales entre algunos.

•  La investigación en esta área del conocimiento es prácticamente inexistente.

•  El Título Noveno de la Ley Federal del Trabajo (LFT) requiere una reorientación, para que la prevención de accidentes y enfermedades sea su objetivo principal y no la reparación del daño o hasta crear una ley de salud de los trabajadores.

•  La Tabla de Enfermedades de Trabajo no se ha actualizado desde el año de 1970 y se elimino de la Ley la Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes.

•  Desde la reforma del año 2012 a la LFT hay una contradicción o antimonia jurídica entre los artículos 513 y 515; el artículo 513 elimina la facultad de legislar en esa materia del Poder Legislativo y el artículo 515, mantiene esa facultad.

•  A pesar que México ha ratificado el Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo, desde 1984, no tenemos una Política Nacional en materia de seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo.

•  No se ha ratificado por nuestro país Convenio 187 de la OIT sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo.

No hay duda de que se tiene una deuda histórica por parte del Gobierno Federal, en particular de la autoridad laboral de nuestro país, es decir la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) respecto a las acciones relativas a la salud de la población trabajadora en México . Esta entidad que tiene entre sus obligaciones de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: “ Vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el artículo 123 y demás de la Constitución Federal, en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos”; en este artículo se establece en sus fracciones XIV y XV lo relativo a la prevención de accidentes y accidentes de trabajo y la reparación del daño; también se determina que debe “estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales, para la protección de los trabajadores, y vigilar su cumplimiento”.

 

No obstante, estas responsabilidades, el Presidente de la República, ELIMINA de la estructura de la STPS a la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo.

 

El pasado 23 de agosto del presente año, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la STPS, en el cual ya no existe la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo (DGSST).

 

Compacta en la Dirección General de Previsión Social algunas de las 33 atribuciones que tenía la extinta DGSST y además no asigna Unidad administrativa a cargo de estás funciones. Pero además crean estructuras burocráticas como son las Coordinaciones Regionales que duplican funciones como es el caso de la inspección del trabajo.

Cuando se esperaba de este gobierno un viraje en donde se pusiera como una prioridad la la mejora de las condiciones de seguridad e higiene de los centros de trabajo y la consecuente disminución de los accidentes y enfermedades de trabajo, se elimina la instancia encargada específicamente de estudiar, investigar, crear políticas, programas y acciones, reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas en materia de salud en el trabajo, que los gobiernos del PRI y del PAN siempre omitieron y menospreciaron.

Para abatir el rezago en materia de salud de las y los trabajadores se necesita de una estructura administrativa cuyos objetivos generales y específicos sean específicamente la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, con recursos económicos destinados a este fin y recursos humanos suficientes y especializados en la problemática. Sobran experiencias a nivel mundial donde se tienen entidades independientes como institutos para abordar esta problemática.

¿Es así como esta llamada 4ta. Transformación piensa proteger la salud y seguridad de la población trabajadora en nuestro país?

Ni los gobiernos anteriores claramente neoliberales realizaron esta acción. Debe rectificarse esta incongruencia y al menos restablecer la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo.

 

MSO LUIS MANUEL PÉREZ H. PANTOJA

Docente de la Maestría en Ciencias en Salud de los Trabajadores

Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco

Correo electrónico: perezhpantoja@gmail.com

28 de septiembre de 2019

 

 
   
 
 

 

 
 
 
 
 

 

 

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