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Año 14. No. 751.del 07 al 14 junio de 2020
Premio de Comunicación Alternativa

 

Mientras que los despidos masivos o la suspensión de pagos están a la orden del día...

NO HAY JUSTICIA LABORAL EN MÉXICO...FUERON CERRADAS TODAS LAS OFICINAS

*Con el pretexto del COVID-19 no darán servicio hasta "nuevo aviso".

*Eso a pesar de que están catalogadas como actividades esenciales.

*En la CDMX abrirán servicios digitales para interponer demandas...pero hay una brecha digital.

 

Participación de Pedro Villegas Rojas

Abogado especializado en materia laboral y director general del Centro

Nacional de Promoción Social (CENPROS),

Programa del 06 de junio de 2020,

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

"Aunado a la gran crisis de desempleo que existe en el país, desde hace mucho tiempo, se suma un ejército de compañeros que están siendo despedidos en esta contingencia sanitaria. Los despidos indiscriminados se están dando día con día y se habla de aproximadamente un millón de pérdidas de empleos en el país, pero los trabajadores que sufren esta situación no pueden interponer una demanda por despido injustificado sino hasta que pase toda esta crisis sanitaria del Coronavirus.

Los juzgados de distrito, juntas locales y federales de conciliación y arbitraje están prorrogando los plazos para funcionar y en consecuencia se cancela la posibilidad de los trabajadores para acceder a la justicia laboral, no se puede gestionar ni interponer una demanda para la solución de la falta de pagos o despidos injustificados

Primero nos dijeron que se reabrían actividades el 30 de mayo de 2020, luego se prorrogó ese plazo hasta el 15 de junio y en el caso de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dictó que será hasta nuevo aviso, hasta que las autoridades sanitarias competentes dicten la reanudación de las actividades presenciales.

Esto significa que para demandar al patrón por un despido injustificado tenemos que esperar hasta que se reanuden las labores en estas instancias laborales, para ejercer ese derecho, mientras tanto el trabajador seguirá sin empleo, sin cobrar un salario, mientras esta emergencia no sea levantada, lo cual me parece preocupante porque no hay procuración de justicia.

Habría que decir que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México ha abierto un sistema de recepción de demandas virtuales, atendiendo a que el próximo 15 de junio de 2020, si es que no se prorroga nuevamente el plazo para abrir actividades, habrá un gran cúmulo de demandas que se tienen que depositar por oficialía de partes. Entonces proponen que con este sistema digital de demandas se realicen con un procedimiento especial y en su página web explican que una vez que se reactiven las labores, deberán acudir a interponer presencialmente la demanda.

Sin embargo, estamos a expensas de los plazos que ellos mismos determinen, luego de que se reanuden actividades, para que nos den fecha de presentación físicamente, de la demanda que se haga previamente de manera digital.

Pregunta Lulú Martínez.- ¿Qué puede hacer un trabajador despedido injustificadamente y que no tiene abogado, a quién puede acudir si no hay quien lo atienda, antes era la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, cuya función es dar orientación gratuita, pero ahora todo está cerrado?

R.-Sí, lamentablemente las instituciones de gobierno que se encargan de la justicia laboral, corren la misma suerte de los tribunales laborales, están cerradas.

Hablaba yo del famoso sistema de gestión de demandas digitales en la Ciudad de México – en ninguna otra parte del país- que se va a abrir a partir del 8 de junio de 2020 y, otra instancia, que es el servicio público de conciliación que se va a dar a partir del 01 de junio, en donde se hará una exhortación al patrón para llegar a un buen arreglo.

Estas son las dos modalidades que existen, sólo en la Ciudad de México, no hay ninguna otra más que las que abren asociaciones sindicales o de derechos humanos, pero hasta que no abran las actividades en las instalaciones físicas de las instancias de justicia laboral, no se puede hacer legalmente nada.

Hay plazos fijos para interponer la demanda:

La Ley Federal del Trabajo señala que para demandar un despido injustificado el trabajador tiene 60 días naturales (corridos) y, aunque el término concluyera durante este tiempo de contingencia en que las instancias de justicia laboral están cerradas, la demanda se tendría que depositar el primer día hábil a partir de que reabran funciones.

Hay que cuidar el cumplimiento de esos plazos laborales y ejercer el derecho.

Pregunta de Lulú Martínez.- Habría que recordarle a las autoridades que virtualidad es una opción, pero es para la clase media o para quien conozca sobre el manejo de los portales web, pero para los trabajadores que –en su mayoría- no tienen todavía el entendimiento de cómo acceder a estos recursos, luego el manejo de estas páginas cuesta mucho trabajo comprenderlo. Esto de la virtualidad le va a servir mucho a los empresarios de la computación pero ¿a los trabajadores los tiene marginados o cómo ves?

R.- Totalmente de acuerdo, la inmensa mayoría de compañeros y compañeros no entienden o no tienen esta tecnología y eso se vive principalmente en los tribunales laborales. Me parece que esta implementación en la Ciudad de México, de las demandas virtuales es un reconocimiento tácito de la masa de hombres y mujeres que han sido despedidos, que las autoridades reconocen que el número de demandas es un problema que les va a estallar el 15 de junio de 2020, si es que en esa fecha se reanudan actividades.

Es decir, sumado al déficit que hay en la solución de los expedientes que ya se tienen rezagados, se suma un importante número de demandas nuevas que puede ser un caso inédito en este país, sobre todo cuando se habla de que en algunos meses, en algunos lugares, ya tienen que estar funcionando los nuevos tribunales de justicia laboral que dependerán de los poderes de cada estado o de la federación.

Eso provocará que la Junta Federal o Local de Conciliación y Arbitraje tardará más tiempo en resolver los problemas, lo cual es preocupante porque no habrá impartición pronta ni expedita de justicia. Mientras tanto tendremos a los trabajadores y trabajadoras sufriendo para que se resuelva su asunto.

La reforma laboral de 2012 ordenó que la solución de las demandas debe tardar un máximo de 12 meses, pero la realidad es que tarda más años en aplicarse la justicia laboral.

Pregunta de Lulú Martínez: Un estudio del Instituto Belisario Domínguez, de la Cámara de Senadores señala que 5 de cada 10 ciudadanos tiene un aparato para conectarse al internet, pero 8 de cada 10 tienen no tienen internet, en el campo, mientras que en las ciudades 4 de cada 10 aunque tengan el aparato para conectarse, no tienen internet. Por eso creo que las autoridades están fuera de la realidad, porque como ganan salariazos se olvidan de que la mayor parte de la gente no goza de los ingresos que ellos tienen y que tampoco pueden acceder a la virtualidad.

R.- Ahora recuerdo que un presidente de México (Vicente Fox) repartía tablets, computadores, en comunidades rurales, pero eran lugares en donde no había luz eléctrica ¿de qué servía tanta tecnología si los habitantes no tenían ese servicio básico?

 
   

 

 
 

 
 
 
 
 

 

 

Año 14. No. 751.del 07 al 14 junio de 2020
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