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TRATA DE PERSONAS UNA FORMA DE ESCLAVITUD MODERNA*El trabajo forzado también. Por el Lic. Jesús Luna Hernández, Colaborador voluntario y especialista en Derechos Laboral Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com
El 30 de julio se conmemora el día de la trata de personas. En pleno siglo XXI la trata de personas o una nueva forma de esclavismo, y adquiere distintas formas como son: la explotación sexual, la explotación laboral , la servidumbre doméstica , los matrimonios forzados , la mendicidad , entre tantas otras formas inhumanas de abusos. Este tipo de actos son cada vez más alarmantes, y a criterio de la Fundación Walk Free , este hecho constituye uno de los flagelos más aberrantes de la época moderna, qué es el trabajo forzoso. La trata de personas afecta la vida de millones de personas en todo el mundo, violenta los Derechos Humanos y degrada la dignidad de los seres humanos, en la cual se disponen libremente de sus cuerpos. Por trabajo forzoso puede entenderse como: el trabajo que se realiza de manera involuntaria y bajo amenaza de una pena cualquiera. Se refiere a situaciones en las cuales personas están forzadas a trabajar mediante el uso de violencia o intimidación, o por medios más sutiles como una deuda manipulada, retención de documentos de identidad o amenazas de denuncia a las autoridades de inmigración. La OIT (Organización Internacional de Trabajo) en 1930, definió el trabajo forzado: “Todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente”. ¿Qué es el trabajo forzado? • El trabajo forzado es el que se presta sin la voluntad de quien lo realiza. • El trabajo forzado también es el que se realiza sin la debida retribución. En México, La Constitución Mexicana en sus artículos 1, 5, y123 determinan que los derechos humanos de que debe gozar todo individuo, incluso no importando que sea trabajador extranjero sin un permiso de trabajo válido, Deben estar relacionados y aplicados conforme los ordenamientos legales. En nuestro Código Penal Federal sanciona a quienes obligan a otra persona a realizar un trabajo sin su consentimiento y sin la debida retribución. Según el informe: “Estimaciones mundiales de la esclavitud moderna: trabajo forzoso y matrimonios forzosos”, de la Fundación Walk Free , en conjunto con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) , el 71% de las víctimas son mujeres y niñas , y 1 de cada 4 víctimas son niñas y niños . También en este informe se detalla que la trata de personas es el tercer negocio más rentable principalmente del crimen organizado solo son más rentables el tráfico de droga y el de armas. Solo en Estados Unidos 1 de cada 800 personas vive la “esclavitud moderna” en el año 2016 se estima más de 40 millones en el mundo fueron víctimas de trabajo forzado, explotación sexual y servidumbre En México existen 266,900 personas en esclavitud moderna, lo que lo ubica en el sitio 18 de 167 países, de acuerdo con un estudio de la Fundación Walk Free. México es el cuarto país con mayor porcentaje de población con esclavitud moderna, con .218% en esa condición, lo que lo ubica en el lugar 111. En el continente americano solo lo supera Haití (2.3%), Surinam (0.9%), y Guyana (0.3%), y está en el nivel de Colombia, Perú, Ecuador, Guatemala, Bolivia, Honduras, Paraguay, El Salvador y Nicaragua. Dentro de la esclavitud moderna se encuentra la trata de personas, trabajo forzado, servidumbre por deudas, matrimonio forzado o servil, o explotación sexual comercial. En cuanto a la respuesta de los gobernantes, el estudio le otorga a México la calificación ‘B', que es la quinta en un rango de 10 calificaciones posibles. Aunque la mayoría de los países tienen firmado el Convenio sobre el trabajo forzoso de 1930. No obstante su cumplimiento deja mucho que desear, pero también han surgido nuevas formas de esclavitud moderna, que los gobiernos o no pueden o no quieren combatir. La OIT tiene un protocolo sobre trabajo forzoso que complementa el Convenio de 1930, agrega elementos, que pueda permitir eliminar la trata de personas, y que las demás causales de la llamada “esclavitud moderna” de sobre explotación, o trabajos por deudas no existan más. Es importante que las personas tengamos conocimiento que el trabajo forzado cuando este no es controlado por el crimen organizado lo tienen que denunciar ante el ministerio público y saber que como trabajador se tienen derechos tales como: • Trabajar en donde quieras y cuando quieras siempre y cuando tu trabajo no sea ilegal. • Recibir no menos del salario mínimo como remuneración. • Nadie puede obligarte a prestar tus servicios a un patrón si no te pagan y si no estás de acuerdo. • En México la vigencia de los contratos de trabajo puede ser por tiempo determinado, indeterminado o por obra determinada. • Si renuncias antes de lo que dice tu contrato nadie puede obligarte a regresar a trabajar. • Si tienes una deuda con tu patrón porque te hizo un préstamo, sólo puede descontarte hasta el 30% del excedente de tu salario mínimo. |
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