Portal Semanario

Año 8. No. 452. del 09 al 16 agosto 2014

www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa

 

Ni en Sueños Generan Más Empleos Para Mexicanos

TRANSNACIONALES CONTRATAN SÓLO EXTRANJEROS

*Violan La Ley Federal del Trabajo que Obliga a que el 90% del Personal sea Mexicano.

 

Por Jesús Luna Hernández

Colaborador de Frecuencia Laboral

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

 

El Artículo 7o de la Ley Federal del Trabajo establece que toda empresa o establecimiento, el patrón deberá emplear un noventa por ciento de trabajadores mexicanos, por lo menos. Pero las empresas extranjeras que están llegando a México traen a su plantilla laboral ya integrada con personal que contratan en sus países de origen o en cualquier otra nación, con lo cual ni generar los empleos prometidos con las reformas estructurales ni el desarrollo económico por derrama salarial y reparto de utilidades.

La Ley Federal del Trabajo también establece que en las categorías de técnicos y profesionales, los trabajadores deberán ser mexicanos, salvo que no los haya en una especialidad determinada, en cuyo caso el patrón podrá emplear temporalmente a trabajadores extranjeros, en una proporción que no exceda del diez por ciento de los de la especialidad.

Bajo la condición de que el patrón y los trabajadores extranjeros tendrán la obligación solidaria de capacitar a trabajadores mexicanos en la especialidad de que se trate. Los médicos al servicio de las empresas deberán ser mexicanos. Pero nada de eso ocurre.

En la realidad a través de leyes secundarias en materia laboral, educativa, energética y en telecomunicaciones, que se han aprobado en los últimos meses, se modifican todos los esquemas de derechos de los trabajadores. Pero no solamente a través de leyes secundarias sino a través de los juicios que en la Suprema Corte o los juzgados colegiados que determinan nuevas formas o modalidades de contratación, de pago, etcétera. Entonces todo el derecho mexicano que teníamos los trabajadores también se está derrumbando, junto con otras espectativas de tener tan siquiera certeza en el empleo.

Veamos un caso muy concreto en el año 2012 se estableció que un juicio que dure 2,3,4,5 años usted nada más tendrá derecho al pago de 1 año de salarios caídos. Si gana el juicio, el tiempo excedente de un año el pago se va a calcular sobre una tasa de interés del 2% de 15 meses de salario, si usted multiplica el 2% de 15 meses de salario no significa ni el pago de tres días.

Desde hace años nos han estado vendiendo sueños. Primero nos dijeron que haciendo ciertas reformas se podían modificar nuestras condiciones de vida y de trabajo y así hicieron reformas en la seguridad social tenemos la ley del ISSSTE, tenemos la ley del seguro social en la cual se nos dijo saben que, se tiene que reformar van a pagar un poco más, se va a incrementar el número de años de edad para que se puedan pensionar y nos vamos a ir a las cuentas individuales con el propósito de que tengan una mejor pensión y sobre todo que tengan mejor atención. Han pasado casi dos décadas desde que se reformo la ley del seguro social y no vemos los cambios benéficos prometidos, al contrario cada vez es un poquito peor la situación.

Se reformo la Ley Federal del Trabajo con el propósito de decir que con esas reformas se garantizaba un empleo mejor y digno para todo y ahorita están discutiendo si los salarios deben incrementarse o no, pese a que la constitución establece que todos los trabajadores tenemos derecho a un salario digno y remunerador que sea suficiente en el orden material y económico, para que todos podamos tener una vida digna.

Y ahora resulta que también se está degradando nuestra vida social, porque ahora ya todos tenemos que trabajar para tener un mini salario que apenas nos permite tener condiciones de vida y trabajo. Según estudios de los economistas y el Dr. Luis Lozano de la UNAM, dice que se necesitan cuando menos 9 salarios mínimos para tener suficiente poder de compra, para poder comprar la canasta básica.

Entonces lo que nos queda a los trabajadores es organizarnos, conocer nuestros derechos y hacerlos valer , así lo que procedería primero es que los trabajadores podríamos demandar ese empleo para nosotros.

Se hace una demanda ante la Junta Federal que corresponde o la Local, dependiendo del tipo de trabajo que sea, porque tenemos ese derecho en base a lo que señala el artículo séptimo de la Ley Federal del Trabajo. Pero la ley también pone una excepción dice solamente el 10% del personal técnico que contrates puede ser extranjero, siempre y cuando su especialidad no exista en México.

O sea, no necesariamente tiene que quedarse un 10% para los extranjeros. Sin caer en la xenofobia, los trabajadores mexicanos podemos demandar esos empleos para nosotros a partir de que sepamos dealguna fuente de trabajo que sólo contrate extranjeros.

De hecho ya hay antecedente en muchas empresas transnacionales, que cuando se instalan ya traen los contratos colectivos firmados con determinados sindicatos mexicanos, que se conocen como contratos de protección, porque no obligan al patrón a nada y los protegen de que los trabajadores organizados en sindicatos reales les reclamen sus derechos. Entonces cuando ya tienen firmado un contrato con un sindicato es con el sindicato con el que se entiende el trabajador que reclama el derecho y no con la empresa, porque establecen que es el sindicato el que proporciona el personal y es ahí donde está la trampa.

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

Año 8. No. 452. del 09 al 16 agosto 2014

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