Portal Semanario

Año 11. No. 579. del 22 al 28 enero 2017

Premio de Comunicación Alternativa

¿QUÉ ES SEGURIDAD SOCIAL?

 

EL SAR DESMANTELA A LA SEGURIDAD SOCIAL DE REPARTO

El 20 de enero del 2017 se cumplieron 74 años de que en México se promulgó la Ley de Seguridad Social, la cual sentó las bases del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del ISSSTE y que protege a los trabajadores en caso de accidente, enfermedad, jubilación y muerte.

Sin embargo actualmente sólo 3 de cada 10 trabajadores tienen derecho al seguro social o a alguna otra institución que brinde seguridad social, como el Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM).

El 70 por ciento de los trabajadores mexicanos no tienen un seguro para la atención médica o una pensión en casos de enfermedad, accidente, muerte ni derecho a la jubilación, debido a que desde 1992 con la creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) y la posterior creación de las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro, propiedad de la banca privada, comenzó el desmantelamiento de la seguridad social de reparto, concebida en la Ley de Seguridad Social.

¿Por qué el SAR atenta contra la seguridad social? eso lo explica a continuación el Licenciado Jesús Luna, colaborador voluntario de Frecuencia Laboral: El Espacio donde los Trabajadores son la Noticia.

 

Por el Licenciado Jesús Luna Hernández,

Colaborador Voluntario Especialista en Derecho Laboral,

Participación en el Programa del Sábado 21 de enero del 2017

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

 

Sistema de Reparto o Beneficio definido 1943 a 1973

En 1943 el Sistema de Pensiones en México comenzó con un Sistema de Reparto (Beneficio Definido), en el cual las aportaciones de los trabajadores activos de la época financiaban el pago de pensiones de la población cuando esta se retiraba. Estos recursos resultaron insuficientes cuando se vieron rebasadas las cantidades que se tenían destinadas a dicho fondo en relación con el número de personas que exigía las   pensiones del IMSS .
El Seguro Social ( IMSS ) en México en 1973, a través del Congreso llevó a cabo una restructuración en el sistema de   pensiones del IMSS   implementando un cálculo de pensión IMSS basado en al salario promedio de los últimos 5 años y el 500 semanas cotizadas en las que el trabajador hubiera realizado sus aportaciones. 

El Sistema de Ahorro para el Retiro 1992 a 1997, origen del sistema de Capitalización Individual o Contribución Definida en México.

En el año 1992 el Congreso presento una iniciativa de reforma el Sistema de Pensiones en México, y nace el Sistema de Ahorro para el Retiro conocido como SAR, que actualmente es identificado como SAR 92, dicho sistema su objetivo primordial fue el de otorgar un beneficio a todos aquellos trabajadores que se pensionaran y obtuvieran recursos que les permitiera contar con un ahorro, dicho complemento consistía en que las aportacioneslas realizara el patrón a razón de un 2% del salario base de cotización y eran manejadas en una cuenta bancaria de ahorro para el trabajador.

Este sistema del Ahorro para el retiro funciono para lo que fue creado pero a partir del 1º de julio de 1997, en que entro en vigor la reforma estructural de la Ley del Seguro Social, esta reforma trastoco los principios básicos que mantenían la seguridad social con, SOLIDARIDAD - UNIVERSALIDAD - INTEGRALIDAD - SUBSIDIARIDAD - PARTICIPATIVA.

No debemos olvidar que La Seguridad Social tiene como objetivo proteger a todos los miembros de la sociedad frente a todas las contingencias a que se exponen a lo largo de la vida. Por ejemplo, la salud , vejez , cargas familiares, accidentes de trabajo, invalidez, muerte o desempleo , tienen que ser garantizadas obligatoriamente por el Estado , siendo éste responsable de su cumplimiento, asegurando el carácter redistributivo de la riqueza con justicia social

A cambio de esto a partir de 1997 nos dejan una seguridad social individualizada en la que las aportaciones en el ramo de cesantía en edad avanzada y vejez (6.5%) mas lo integrado por las subcuentas del seguro de retiro y de vivienda, a través de aportaciones patronales del 2 y 5%, respectivamente; el  seguro de retiro sería administrado por el sector bancario a través de cuentas individuales abiertas a nombre de cada trabajador, pasan a formar parte de una misma cuenta en la cual los trabajadores que se pensionen por la ley de 1993 si podrán solicitar la devolución de lo que tengan acumulado en su SAR pero los trabajadores que comenzaron a cotizar después de la entrada en vigor de la ley del 97 estas aportaciones forman parte de su ahorro para que su pensión sea menos empobrecida, pero no les basto esto a los representantes de ambas cámaras también dijeron bueno si no utilizas tu INFONAVIT que formen parte de tus aportaciones y sirva para incrementar tu sistema de pensión.

A partir del cuarto bimestre de 1997, se reforman las Leyes del Seguro Social y del Infonavit, se privatiza el sistema de pensiones, se crea la cuenta individual, una por cada trabajador, surgen las AFORES  ( Administradoras de Fondos para el Retiro) y las SIEFORE ( Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro) teóricamente o así lo hacen creer las autoridades los trabajadores adquieren la propiedad de sus recursos, pero en realidad son estas instituciones las que determinan el destino de los 5recursos de los trabajadores e incluso cobrando por manejar nuestro dinero

Aunque la intención fue noble, el SAR 92 fue insuficiente e inoperante para fortalecer el sistema de pensiones pues los trabajadores recibirían, por conducto de sus patrones, anualmente, un estado de cuenta, el que, por cierto, muchos trabajadores nunca obtuvieron o conservaron, por falta de interés, apatía o indolencia.

La falta de estados de cuenta, o de resúmenes de saldos o de movimiento de saldos, que comprobaran el depósito del 2% por concepto de retiro en favor de los trabajadores, impidió que miles de ellos no pudieran identificarlos ni unificarlos en su cuenta individual, operada a partir del 1° de julio de 1997, por una Afore.

 

Así, los recursos no identificados pasaron a ser propiedad del Gobierno Federal por Decreto presidencial publicado el veinticuatro de diciembre de 2002, por el entonces presidente de la república, Vicente Fox, no obstante de que se tomaron las providencias para dejar a salvo los derechos de aquellos trabajadores que a futuro pudieran identificar sus recursos.

¿Cómo puede un trabajador recuperar las aportaciones del SAR 92?

La única opción que prevén las Leyes de seguridad social para recuperar las aportaciones patronales del 2%, por concepto de retiro, efectuadas a favor de los trabajadores, es que éstos presenten a las Afore un estado de cuenta, resumen o certificación de saldos, expedidas a su favor por las Instituciones de Crédito o Entidades Financieras (ICEFA o bancos), que hubieren recibido recursos del SAR 92.

Los trabajadores que cuenten con un documento probatorio, expedido por las ICEFA´s que en su momento operaron sus cuentas individuales, pueden solicitarle a su Afore la unificación de esos recursos en su cuenta individual, y recibirlos al momento de pensionarse o al cumplir sesenta y cinco años de edad, en caso de negativa de pensión; los recursos de vivienda del SAR se recibirán solo en caso de no haberse aplicado a un crédito de vivienda.

INFONAVIT avisa en su portal electrónico, con relación al retiro de estos recursos, lo siguiente:

  • Esta cuenta se constituyó con las aportaciones que hizo tu patrón de marzo de 1992 a junio de 1997 y que te serán entregadas con los rendimientos que se hayan generado hasta el momento de tu retiro.
  • Si te pensionaste después del 13 de enero de 2012, te recomendamos revisar el estado de cuenta de tu Afore con el fin de que confirmes tener recursos en la Subcuenta de Vivienda 1992 y en la Subcuenta de Vivienda 1997. En caso de que los tengas, podrás solicitar ambos recursos en el trámite correspondiente a la  Subcuenta 1997 .
  • Si sólo tienes recursos en la Subcuenta de Vivienda 1992 solicítalos a tu Afore. A continuación se describen los pasos que debes seguir.

1. Requisitos generales

  • Tener 65 años de edad o más.
  • También puedes solicitar tu dinero si tienes una negativa de pensión del IMSS o si lo dictamina una autoridad judicial.

2. Acude a hacer el trámite de devolución a la Unidad Especializada de Atención al Público (UEAP) de tu Afore

  • Pide ahí la solicitud de disposición de recursos y llénala.
  • Entrega en tu Afore el original y una copia de esta solicitud y los siguientes documentos:
  • Copia de cualquier documento que acredite el registro o el traspaso de tus recursos a tu Afore.
  • Estado de cuenta del banco que administraba tus recursos (si no estás registrado en una Afore).
  • Si estás pensionado por algún plan privado, lleva la constancia que te haya expedido tu patrón.
  • Identificación oficial, puede ser credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE), pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional; si eres extranjero, presenta la forma FM2 y FM3.
  • En caso de fallecimiento del titular de la pensión, el beneficiario deberá presentar el comprobante de pago de la pensión.

 

 
   
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

 
 
 
 
 

 

 

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