Portal Semanario
Año 9. No. 463. del 26 oct. al 01 nov. 2014
www.frecuencialaboral.com: Premio de Comunicación Alternativa

Continúa el Desfile de Propuestas Partidistas...Pero Nada en Concreto

¿SALARIO NIVELADOR?... POSE ELECTORAL

* El PRI Propone que Sea a Criterio del Patrón su "Nivelación"

*Ningún Partido Impulsa el Control a los Altos Salarios de Funcionarios Públicos

* Se podrían ahorrar 20 mil millones de pesos si Aprueban control a los salarios máximos.

Por María de Lourdes Martínez González

Periodistas y Conductora de Frecuencia Laboral

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) se sumó a la demanda de autorizar un incremento sustancial al salario mínimo. El priista Patricio Martínez, presentó al pleno del Senado de la República una iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo, pero no para fijar un porcentaje de aumento, sino para que se elimine como parámetro de multas, cuotas, pagos de derechos o cobro de crédito habitacionales y se conforme el concepto de “salario nivelatorio”, el cual será establecido por el propio patrón.

La propuesta que presentó el senador por Chihuahua y ex gobernador de aquella entidad -quien fue víctima de un atentado, en el año 2001, durante su gestión- el el pasado jueves 23 de octubre del 2014, consiste en que aquellos trabajadores que reciban menos de tres salarios mínimos obtengan una especie de compensación a la que denomina "salario nivelatorio", pero no establece un monto o porcentaje preciso sino que eso dependerá de si su patrón quiere o puede hacerlo.

En entrevista con Frecuencia Laboral, sobre este tema, el senador priista por el estado de Querétaro, Enrique Burgos, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales dijo que espera que el aumento al salario mínimo no se preste a un manejo electoral o demagógico, porque es una necesidad que requiere solución.

"Sin que sea una posición demagógica o con tintes electorales, se necesita que el aumento al salario mínimo concilie con el sector productivo, para que no se venga abajo. Pero de que hay que hacerlo, hay que hacerlo...pero si es algo rutinario de otorgar 2 por ciento o 1% en la zona A o en la zona B, no va a resolver el problema...pero el salario mínimo tiene que moverse".

En los hechos no hay convocatoria por parte de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, para que se discutan las iniciativas que se han presentado para recuperar el poder de compra del salario mínimo.

Como tampoco hay fecha para la discusión de una minuta que está congelada en la Cámara de Diputados para ponerle tope a los elevados ingresos de la alta burocracia mexicana, que se pagan del erario público, la cual se conoce como "Ley de salarios máximos".

El senador panista Roberto Gil Zuarth tenía preparado el pasado jueves 23 de octubre del 2014 una propuesta para que se consultara a la ciudadanía si quiere o no que haya controla los altos salarios de los funcionarios públicos, con una ley de salarios máximos, pero no le dieron acceso a la tribuna con ese tema.

"Es evidente que esa ley no la han querido aprobar, lleva 5 años congelada en la Cámara de Diputados. Queremos apelar a los ciudadanos para que nos den un mandato de darle austeridad a los ingresos de los funcionarios públicos. Se podrían ahorrar 20 mil millones de pesos si le ponemos orden a los salarios máximos", explicó.

Las reformas que propueso el senador del PRI, Patricio Martínez, el pasado jueves 23 de octubre del 2014, plantean que se reformen los artículos 84 y 90 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:

“El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificación o percepciones, etcétera, excluyendo el salario nivelatorio establecido en el artículo 90 de esta Ley.

Se modifica también, se reforma el artículo 90 en donde se establece que los patrones podrán pagar un salario nivelatorio a los trabajadores que reciban una retribución menor a tres salarios mínimos.

Por otra parte, el salario nivelatorio no será considerado para el cálculo y pago de las prestaciones e indemnizaciones a que haya lugar, sino únicamente por la cantidad que anualmente se vaya incorporando al salario mínimo".

Actualmente ambos artículos establecen que:

Articulo 84. el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitacion, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo

Artículo 90. salario minimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.

se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de los trabajadores a la obtencion de satisfactores.

También propone que:

"Se reforma el artículo 27 de la Ley del Seguro Social adicionando una fracción X para quedar como sigue:

El salario nivelatorio que el patrón convenga otorgar a sus trabajadores en los términos del artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo.

Se reforma el párrafo II de la fracción I del artículo 29 de la Ley del INFONAVIT para quedar como sigue:

Los patrones inscribirán a sus trabajadores con el salario que perciban al momento de su inscripción excluyendo el salario nivelatorio establecido en el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo".

La iniciativa fue enviada a la Cámara de Diputados donde también se encuentra otras para recuperar el poder de compra del salario mínimo de los trabajadores, como la del Jefe de Gobierno del Distrito Federal que plantea que el salario mínimo sea de 80 pesos diarios.

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

 

Año 9. No. 463. del 26 oct. al 01 nov. 2014

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