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PÁGINA SOLIDARIAEn Solidaridad Publicamos Textualmente SINDICATO DE LA UNIÓN DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL (SUTIEMS) SE RECONOCE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL SUTIEMS
A partir de las acciones parciales e ilegales de la Presidencia de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal (JLCA-DF) que desconoció al Secretario General del Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal (SUTIEMS) se interpuso un amparo con el número 185/2011 radicado en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo del Distrito Federal para hacer valer el derecho y autonomía que tiene cualquier agrupación sindical para determinar su representación legal de manera libre. Con esta fecha 10 de marzo de 2011 fue dictada la sentencia del amparo en comento en el cual se concede al SUTIEMS el amparo y protección de la Justicia Federal al considerar el Juzgado Segundo que el actual Comité Ejecutivo tiene facultades para representar legalmente al sindicato, por haberse demostrado que se encuentra en trámite la Nueva Toma de Nota en las condiciones en que fue aprobada por asamblea general de los miembros del SUTIEMS. El C. Juez Segundo consideró que la JLCA-DF debe dar valor al articulo 34 del Estatuto y por lo tanto desechar la objeción de personalidad que supuestamente hizo valer el SITIEMS, por lo que se puede concluir que en el juicio de titularidad de Contrato Colectivo de Trabajo (al cual es aplicable ésta sentencia) se tendrá que reconocer la personalidad A LA REPRESENTACION LEGAL DEL SUTIEMS, sin necesidad de contar con la Toma de Nota que la JLCA-DF de manera ILEGAL ha retenido, con la evidente intención de que el SITIEMS se constituyera en sindicato titular sin acreditar el apoyo mayoritario de los trabajadores del IEMS. Aún cuando no compartimos todos los razonamientos del C. Juez Segundo TOMÁS MARTÍNEZ TEJEDA, resulta evidente que en la sentencia se obtiene el respeto al Estatuto del SUTIEMS y su Asamblea General, permitiendo con esto una defensa adecuada de la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo y, sobre todo, éste criterio refuta lo manifestado por el titular de la JLCA-DF, quien pretende erigirse por encima de la Asamblea General, la Ley Laboral, la Constitución Federal y los convenios aplicables de la Organización Internacional del Trabajo, arrogándose la facultad de decidir quien representa al sindicato y aún peor, calificar los Estatutos Sindicales, por encima de dicha asamblea y las normas antes mencionadas. Esta sentencia demuestra, de manera contundente e inobjetable, la legalidad de los acuerdos de la Asamblea General del SUTIEMS y su legítima y legal representación de los intereses de la mayoría trabajadora del IEMS. Obliga, asimismo, a la JLCA-DF a reconocer la personalidad del Comité Ejecutivo del SUTIEMS para litigar y defender los intereses de sus agremiados. Esta sentencia favorable es un triunfo para el Comité Ejecutivo y los agremiados del SUTIEMS y demuestra a todas luces que la estrategia seguida era correcta y adecuada para rechazar y revertir con toda energía el charrazo de escritorio que, dolosamente, intentó instrumentar la JLCA-DF en contra de los intereses de la mayoría trabajadora del IEMS. Este triunfo es solo un paso, el siguiente, y más importante aún, es la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo que con toda la energía y firmeza ha de llevar a cabo el Comité Ejecutivo del SUTIEMS. ¡POR LA DEFENSA Y MEJORAMIENTO DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO DEL IEMS¡
Atentamente ¡Por educación y trabajo dignos! Raúl Pérez Ríos Secretario General del Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal (SUTIEMS) México, Distrito Federal a 10 de marzo de 2011 |
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Año 5. No. 278. del 12 al 19 marzo 2011 |
México,D.F. |
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