El Gobierno Calla... POLICÍAS DEL D.F. RECLAMAN SU BONO SEXENAL
*Podrían Movilizarse para Exigir ese Pago Extraordinario por Cambio de Gobierno.
Conductor de Frecuencia Laboral
Los policías auxiliares, preventivos y bancarios no han recibió su pago extraordinario por cambio del gobierno federal, conocido como bono sexenal, ni tampoco lo han recibido los empleados de base del gobierno del Distrito Federal, por lo anunciaron que podrían sumar fuerzas para movilizarse y exigir ese pago que debió entregarles el antecesor del actual jefe del gobierno de la ciudad de México, Miguel Mancera.
Julio César Chavez, del Movimiento de Acción y Lucha de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, señaló que el gobierno capitalino se niega a reconocer el carácter de empleados de base de los elementos de seguridad pública, pese a que subarrenda sus servicios y cobra a instituciones privadas, como outsourcing.
Sumado a lo anterior, sufriendo descuetnos exagerados del Impuesto Sobre la Renta cuando realizan turnos dobles. Por otra parte, informó que la situación de los cuerpos femeniles dentro de las corporaciones policíacas del país se encuentran deterioradas en materia de derechos humanos.
A continuación Transcribimos textualmente su boletin:
POR LOS DERECHOS HUMANOS LABORALES DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PUBLICA
(DHLCSP)
Por Julio Cesar Chávez Vanegas (PBI)
La situación de los cuerpos femeniles dentro de las corporaciones policíacas del país se encuentran. En un deterioro de sus derechos humanos laborales (DHLCSP) así como la falta e incluso el respeto a sus derechos como trabajadoras de la seguridad publica y el ej ... ercicio pleno de sus derechos adquiridos por su condición de ser mujer .
En donde el estado debe de garantizar sus derechos en total plenitud, y el respeto a los tratados internacionales ratificados por México, en esto que nos ocupa sobre los derechos de la mujer y enfocados en la equidad de genero en donde la mujer policía se le sea reconocida su imagen, como trabajadora de la seguridad publica.
En donde las normas internacionales, vinculantes para los estados y sus derechos sean reconocidos en un marco jurídico y amplio sobre sus requerimientos, se refiere en términos genéricos “ la persona humana” como sujeto central de sus derechos y libertades fundamentales ,de ahí la imperiosa necesidad de hablar de los derechos humanos de la mujer y la responsabilidad de tutelar los de manera especifica a través de las definición de normas internacionales vinculantes para los estados que se aseguren su vigilancia y aplicación real .
Esto seria el caso si se respetaran como tales dichos derechos de la mujer pero en la realidad de las mujer policía,
Como lo es el caso de la policías complementarias del df policía bancaria e industrial del df y la policía auxiliar del df no es así en la realidad, ya que sufren de acoso laboral, acoso sexual e incluso pedimentos de favores sexuales a cambio de prerrogativas dentro de sus lugares de comisión.. ¡Y A QUIEN LE VAN A SER CASO! “A ELLA”
Ya que el Art. 123 constitucional en su fracción “V” y 123 apartado b en su fracción “C” sobre sus derechos constitucionales así como tratados internacionales, no son aplicados para estos cuerpos policíacos. nos preguntamos ¿ y la equidad de genero no es también para la mujer policía?¡ no tienen acaso la mismas oportunidades que las demás mujeres trabajadoras del país¡ ¿ en donde están sus derechos y la plenitud de estos?, ..” Están inexistentes para algunos cuerpos de policías femeniles” que desconocen sus derechos y sus alcances para ejercerlos libremente .
Solo como un ejemplo, de los que suele padecer los grupos policíacos femeniles ,en algo tan fundamental que incluso constitucionalmente adquirido. Es el derecho a instituciones públicas para el cuidado de sus hijos (a) s , que igual forma se encuentran en un estado de indefensible ,por que no cuentan. o simulan tener dichos derechos,
Pero no existe información plena para ejercer dichos derechos, que además, están enmarcados en la firma de 1974 en la convención sobre la ELIMINASION DE TODAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LAS MUJERES y la convención de “BELEM DO PARA” misma que entro en vigor 1990 y que México es parte de dicho instrumento
Por eso la exigencia de los derechos humanos laborales de los cuerpos de seguridad publica y el cumplimiento y reconocimiento de tales convenios, protocolos, y que por derecho constitucional de las leyes mexicanas, qué velan por sus derechos, y se cumplan, como una obligación del estado mexicano.
Así mismo se debe de exigir el derecho constitucional, a las guarderías infantiles para el cuidado de los hijos .así como tiempo para la crianza y formación de los hijos. donde se debe de ampliar las legislaciones locales y nacionales para el ejercicio de sus derechos, contemplados en nuestra carta magna.
Solicitamos a los diputados, senadores, legisladores y todas las organizaciones civiles y de derechos humanos, así como a la base sindical y obrera de este país, el apoyo para encontrar la igualdad de derechos. para hombres y mujeres asalariados.de este país cualquiera que sea su profesión.
PROMOVAMOS:
La creación de las estancias infantiles para los hijos de estos cuerpos de seguridad publica del distrito federal formada por personal docente, pscologo, con infraestructura de acuerdo a las normas de seguridad para estos inmuebles y convenios con otras instituciones de seguridad social de este rublo para que los compañeras se les otorgue este derecho.
Compañero de la policía auxiliar del df y policía bancaria e industrial del df, exijamos este derecho .en marcado en nuestra carta magna.
Participa en la encuesta que se esta haciendo para proponer una guardería especial para el cuidado de nuestros hijos
Contacto: notedejesbancario3015@gmail.co m al tel. 5540447192 con Julio Chávez . facundo de Jesús de la policía auxiliar (MALPA) 5517915507 Aristeo Cruz corona 5513047470 . checa la página de YouTube pbiconformes O síguenos EN FACEBOOK: JULIO PBI CHAVEZ.
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