Año 6. No. 315. del 10 al 17 dic. 2011

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PÁGINA SOLIDARIA

En Solidaridad Públicamos Textualmente

 

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS METALÚRGICOS,
SIDERÚRGICOS Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA Sección 65

Anuncian Mineros de Cananea:

Acudiremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a reclamar los derechos humanos, laborales y sindicales que nos fueron despojados ilegalmente. En primer lugar exigiremos nuestro derecho al trabajo, a ser reinstalados con todos nuestros derechos del Contrato Colectivo de Trabajo y los de carácter universal y constitucional: de huelga y de libertad sindical...Reclamaremos el derecho de cualquier ciudadano del mundo: a tener un debido juicio legal con autoridades imparciales y acceso a la justicia y una sentencia apegada a derecho...Pero mientras ese juicio se lleva, reclamaremos como Medidas Cautelares ante la misma CIDH, para que se restablezcan los servicios médicos y hospitalarios que teníamos antes de la huelga, incluyendo los servicios de laboratorios, medicinas y especialidades. Así, como los servicios de luz, gas y agua que nos quitan de modo arbitrario, cuando a las autoridades les parece, afectando a familias completas en su salud física y mental. La Junta Federal sigue actuando de modo ilegal.

 

 

Situación jurídica actual de los mineros de Cananea


El 11 de julio de 2011 –el día del minero-, el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo emitió la última resolución en contra de la huelga de Cananea, repitiendo el dictamen de la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía (DGM-SE): que daba por terminadas las relaciones de trabajo, colectivas e individuales, de los 1.200 mineros de la Sección 65 del Sindicato Minero, “por causas de fuerza mayor”.
“Las causas de fuerza mayor” se basaron en una inspección que nunca realizó la DGM-SE el día 11 de marzo de 2009, por la sencilla razón de que las instalaciones de la mina estaban cerradas por la huelga, además porque así lo reconoció la empresa en su demanda: que los inspectores no habían pasado al interior de la mina. ¿Entonces en qué basaron su dictamen del 20 de marzo de 2009, en el que ordenan el cierre de la empresa, sin responsabilidad para la empresa, “por causas de fuerza mayor”? La inspección, que no es inspección, la basaron en los documentos –reportes y denuncias- que la empresa elaboró y le entregó a la DGM-SEP: pruebas prefabricadas y unilaterales de la empresa, apoyadas por el gobierno.
Semejante acto de ilegalidad del gobierno federal a través de la Secretaría de Economía, fue la base de las “causas de fuerza mayor”, en las que se apoyó la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el 14 de abril de 2009, en una audiencia record de 14 horas, para dar por terminadas las relaciones de trabajo de todos los mineros de Cananea. Tal argumento ilegal de la Junta Federal fue repetido por las demás autoridades de los tribunales de amparo y por los voceros de la empresa: Javier Lozano y Álvaro Castro.
Así las cosas, afirmamos que en México, el gobierno federal cierra las vías legales a los trabajadores para defender sus derechos constitucionales, porque nadie olvida que la huelga de Cananea que inició el 30 de julio de 2007 fue atacada muchas veces por la empresa y las autoridades de la Junta Federal: 4 veces fue declarada inexistente, y cuando el Sindicato ganó la declaración de existencia de la huelga, gracias a los amparos interpuestos, ocurrió que la empresa metió la demanda de la famosa “causa de fuerza mayor”, con la vil e ilegal complicidad del gobierno. Tan falsa resultó “la causa de fuerza mayor”, que la empresa abre unos meses después, con otro sindicato y contrato colectivo más baratos.

¿Qué mayor complicidad de gobierno y empresa puede haber, que el día 10 de noviembre de 2008 aparece Fernando Gómez Mont como Secretario de Gobernación, cuando días antes era el abogado del Grupo México? ¿Cuántas veces vimos al abogado defender los mezquinos intereses del Grupo México? Para que después nos dijeran que era autoridad neutral y que representaba los intereses legales de la nación.
Como aquí nos cerraron las puertas para hacer respetar nuestros derechos, nos hemos visto obligados a recurrir a otros tribunales, a los internacionales: a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con cede en Washington. Porque México tiene el compromiso con la Organización de Estados de América (OEA) de respetar los derechos humanos, junto con los laborales y sindicales de todos los ciudadanos, y si deja de cumplirlos, la CIDH puede obligar al gobierno a que los cumpla.
La reforma constitucional de los derechos humanos
Todos los ciudadanos debemos saber que el 10 de junio de 2011 se reformó la Constitución y que los derechos humanos pasaron a tener el más alto rango legal, y serán defendidos por igual por la Constitución como por los tratados internacionales, por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, por la Convención Americana de Derechos Humanos de la OEA y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Porque la misma reforma constitucional del 10 de junio de 2011, en el artículo 102, incluyó como derechos humanos a los laborales y sindicales. Por lo tanto los derechos laborales y sindicales deben ser defendidos con las leyes nacionales e internacionales y ante los tribunales de aquí y ante los tribunales universales.
Los derechos que demandamos:
Acudiremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a reclamar los derechos humanos, laborales y sindicales que nos fueron despojados ilegalmente. En primer lugar exigiremos nuestro derecho al trabajo, a ser reinstalados con todos nuestros derechos del Contrato Colectivo de Trabajo y los de carácter universal y constitucional: de huelga y de libertad sindical.

Reclamaremos el derecho de cualquier ciudadano del mundo: a tener un debido juicio legal con autoridades imparciales y acceso a la justicia y una sentencia apegada a derecho. Demostrando que la inspección del gobierno además de parcial y a favor del patrón fue ilegal porque nunca se realizó, por lo tanto no existió la supuesta “causa de fuerza mayor”.
Pero mientras ese juicio se lleva, reclamaremos como Medidas Cautelares ante la misma CIDH, para que se restablezcan los servicios médicos y hospitalarios que teníamos antes de la huelga, incluyendo los servicios de laboratorios, medicinas y especialidades. Así, como los servicios de luz, gas y agua que nos quitan de modo arbitrario, cuando a las autoridades les parece, afectando a familias completas en su salud física y mental.
La Junta Federal sigue actuando de modo ilegal.
Como se recordará, en agosto de 2011 demandamos ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), nuestros derechos preferentes establecidos en la Ley Federal del Trabajo en los artículos 438 y 154. No obstante lo que estable la ley laboral, la JFCA nos negó ese derecho por lo cual recurrimos al amparo, que está en trámite.

Atentamente
Sindicato Minero Sección 65

Casa del Minero - Calle 2da Oeste No.11
CANANEA, SONORA, MEXICO 84620

Teléfonos: 01 (645) 33-2-06-30
SRIA. GRAL 01 (645) 33-2-20-17
TESORERIA. 01 (645) 33-2-06-30

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

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