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PÁGINA SOLIDARIAEn Solidaridad Publicamos Textualmente AFECTACIONES LABORALES DE LA ALIANZA (SEP-SNTE) PARA LA “CALIDAD” DE LA EDUCACIÓN ¡A defender nuestros derechos laborales!!! Publicado por SAUL ARROYO MORALES esarroyom@gmail.com Junio 25 de 2012 a las 1:45am LA ALIANZA (SEP-SNTE) PARA LA “CALIDAD” DE LA EDUCACIÓN Afectaciones laborales. El acuerdo cupular entre Elba Esther Gordillo y Felipe Calderón tiene como propósito cumplir los compromisos adquiridos con los organismos internacionales neoliberales que dictan las reglas a seguir en nuestro país en materia educativa y que lejos de impulsar la mejora educativa, son una fuerte agresión laboral a los trabajadores de la SEP y que se manifiestan concretamente en las siguientes acciones oficiales: 1. CONCURSO PARA OBTENER LA DEFINITIVIDAD EN LA PLAZA (EXAMEN ALIANZA) Desconoce la antigüedad en el servicio y con ello la experiencia adquirida en la práctica docente. Descalifica la preparación adquirida en las escuelas normales al requerir de la validación de un examen para ejercer la profesión para la cual ya se cuenta con un título y una cédula profesional. Pretende conocer quién es buen maestro a partir de un examen estandarizado de 120 preguntas. Es excluyente pues sólo pueden sustentarlo los profesores que cuentan con determinadas licenciatura, siempre y cuando procedan de los Estados de la República convocados y de las instituciones formadoras señaladas, dejando fuera a quien no cumpla estos tres requisitos, y en el caso de buscar la basificación en segundo recurso deberá contarse con 10 años de antigüedad en interinatos de segundo recurso además de ser licenciado educación primaria, educación básica o pedagogía, dejando fuera a los profesores egresados de normal básica y sin considerar la preparación adquirida en otras áreas de la docencia (Normal Superior, UNAM, etc.) Genera falsas expectativas debido a que existen áreas donde la oferta de plazas es nula (inicial, educación especial, psicología, etc.) porque no existe plazas sin titular disponibles y no se crean nuevas plazas. Generan la inestabilidad en el empleo pues en cada concurso se ofertan las plazas sin titular que ya se están trabajando. Al obtener un resultado “no aceptable” no se puede acceder al empleo y en caso de ya estar en servicio se es dado de baja. Este aspecto de la Alianza está fuertemente ligado con los: 2. NOMBRAMIENTOS EN CÓDIGO 23 Su definición encierra la problemática laboral que año con año sufren los profesores sujetos a este código “nombramiento temporal en clave sin titular”. El 50% de las plazas con este código se ofertan mediante alianza a nuevos ingresos (este año 1950 plazas de primaria y 41 de preescolar) lo que genera que un número igual de maestros en servicio estén potencialmente desempleados generando que cada inicio de ciclo escolar los nuevos maestros desplacen a maestros en servicio; ocasionando, incertidumbre laboral. Pérdida de prestaciones como OE, DP, FA, CL, 32, parte proporcional de aguinaldo además del pago de las quincenas que no se sea contratado. 3. INSEGURIDAD EN LA ADSCRIPCIÓN Al existir el riesgo de que un importante número de códigos 23 no sean contratados, se desconoce que maestros iniciarán el ciclo escolar afectando con ello la micro planeación escolar. Las adscripciones de los códigos 23 no se consideran definitivas y en el proceso de cambios y permutas se ofertan sus adscripciones. Este problema se recrudece el siguiente ciclo escolar pues los criterios de la comisión de cambios y permutas de este año establecen que: “Los centros de trabajo asignados al personal docente de nuevo ingreso y al que encontrándose en servicio haya sido objeto de cambio de adscripción, durante el periodo del 16 de agosto de 2011 al 15 de agosto de 2012, la adscripción será considerada con carácter de provisional; por lo tanto, los espacios que correspondan a los mismos se incorporación al proceso de cambios previstos en los presentes criterios, con excepción de lo establecido en este mismo punto.” Ofertándose también las adscripciones de códigos 95, 97 y 10 que quedan fuera de las excepciones que el mismo documento establece generando que al asignarse su adscripción durante el proceso de cambio y permutas y no cuentan con otra elección, queden a disponibilidad de la Unidad Administrativa o Nivel Educativo quien asignara de acuerdo a las necesidades del servicio y la estructura ocupacional de los planteles. 4. ESCUELAS DE JORNADA AMPLIADA Limitan la posibilidad de tener doble plaza debido a que son incompatibles las 30 horas que se pagan en Jornada Ampliada con otra clave de 20 horas. Provocan el cierre de escuelas vespertinas con el pretexto de la ampliación de horario de las escuelas matutinas. 5. ESCUELAS DE JORNADA BÁSICA “INTEGRAL” En fechas recientes se llama a padres, maestros y alumnos con el canto de las sirenas ofreciendo un horario de servicio de 8:00 a 18:00 horas, dando información parcial debido a que no se aclara quién se hará cargo en este modelo (diferente a la propuesta democrática de escuela de jornada integral) de los alimentos de los alumnos, tanto en espacio físico como en el sostenimiento económico de los mismos, tampoco se aclara quien asumirá las adaptaciones de los edificios escolares y no señala quien será el responsable de los alumnos debido a que los profesores adscritos a esas escuelas únicamente serán contratados con un horario de 8:00 a 14:30 horas y el tiempo restante será atendido por diversas instituciones y/o dependencias, probablemente a través de sus prestadores de servicio social, que implica un ahorro para la SEP. Al aplicar este proyecto en escuelas que cuenten con turno vespertino también se generará el cierre y el desplazamiento de maestros.
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Año 6. No. 342. del 23 al 30 jun 2012 |
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