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Luz y Fuerza del Centro Vive no se Ha Extinguido EL DECRETO DE EXTINCIÓN TIENE VICIOS DE LEGALIDAD
Por María de Lourdes Martínez González El decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro no respetó el procedimiento jurídico que establece la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ni fue sometidoo al dictamen de la Comisión Federal de Reforma Regulatoria, por lo cual no es legal su publicación en el Diario Oficial de la Federación "no es obecible", porque no respetó las normas de procedimiento jurídico, adviertió el jurista Samuel Duarte. En su ponencia durante el segundo día del Foro: Análisis Jurídico del Decreto de Extinción Luz y Fuerza del Centro que se realizó en el Senado del a República, el 30 de junio del 2010, el jurista Samuel Durán, sostuvo que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria es la única institución -exclusiva- que tiene como facultad dictaminar los anteproyectos de decreto que son sometidos a la consideración y firma del Presidente de la República. “Jamás se dio la formalidad al proyecto de decreto que formuló la secretaría de Energía y que puso a consideración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que emitió una opinión determinando la extinción de Luz y Fuerza del Centro. Ese acto el presidente de la República lo trató de sustentar en el artículo 16 de la Ley Federal de Entidades paraestatales… Pero resulta que con posterioridad a la expedición de esta ley se expidió la Ley Federal de Procedimiento Administrativo…que expresamente declara derogadas todas las disposiciones que se le opongan. Y crea una institución llamada Comisión Federal de Mejora Regulatoria y una serie de condicionantes, para que un decreto presidencial pueda ser viable, pueda ser vinculatorio y pueda ser obedecible”. Agregó que el decreto que afecta a los electricistas de Luz y Fuerza del Centro no es obedecible, porque entre los requisitos que exige la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se encuentra el de publicidad. La Comisión Federal de Mejora Regulatoria debe publicitar cualquier anteproyecto que vaya a ser sometido a la firma del presidente de la República. Subrayó que esa misma ley exige como requisito que se le de participación o intervención a los sectores interesados, pero en este caso no se le dio participación al Sindicato Mexicano de Electricistas y esa omisión se traduce en la conculcación del derecho de hacienda que asiste a todos los ciudadanos y organismos colectivos de México. Dijo que hay un asunto particularmente grave atribuible a la Secretaría de Gobernación. Esta ley prohíbe a la Secretaría de Gobernación publicar decretos que no hayan pasado por la prueba del ácido o dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. Como lo hizo el secretario de Gobernación, incurrió en una grave irresponsabilidad y su publicación no es legal. “Yo estoy hablando de vicios de legalidad, que se suman a los vicios de constitucionalidad…En el terreno de los hechos de qué valen los argumentos jurídicos si tenemos un escenario tenebroso en el poder judicial de la federación y si las autoridades administrativas han mostrado su capacidad de presionar, de intervenir y de condicionar los criterios de nuestros jueces”. Subrayó que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo señala que cualquier decreto presidencial que no cubra los requisitos que ella misma establece, entonces esa ley no será obedecible, será ineficaz, no tendrá efectos. “Partiendo de esas premisas tenemos que concluir que Luz y Fuerza del Centro no se encuentra extinguida ni en estado de liquidación…tiene vigencia legal, vive, porque no pueden surtirle consecuencias los actos que por disposición de la ley han sido declarados ineficaces y no se requiere recurrir a una instancia de garantías o a las vías ordinarias o ejercitar medios de defensa, porque la ley sanciona con ineficacia los actos por estas inconsistencias a que me he referido”. El jurista Samuel Durán Anunció que –por autorización del líder del Sindicato Mexicano de Electricistas- que presentará ante todas las dependencias que tuvieron parte en el decreto inconstitucional de extinción de Luz y Fuerza del Centro, para requirir al gobierno federal la inmediata entrega de las instalaciones de Luz y Fuerza del Centro y exigir la salida inmediata de las fuerzas federales de ese centro de trabajo y que sea entregado al Sindicato Mexicano de Electricistas. |
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