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Año 10. No. 530. del 14 al 20 febrero 2016
Premio de Comunicación Alternativa

PÁGINA SOLIDARIA

En Solidaridad Publicamos Textualmente:

 

 

OSC piden a la CNDH promueva acción de inconstitucionalidad contra Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos

El día de ayer, 11 de feberero del 2016, seis organizaciones y dos redes de organizaciones de la sociedad civil hicieron llegar una carta a Luis Raúl González Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para pedirle que conforme a su facultad constitucional (prevista en el artículo 105, fracción II inciso G) promueva una  acción de inconstitucionalidad  en contra de la  Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos , aprobada en diciembre de 2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2016, en virtud de las restricciones y riesgos para los derechos humanos que esta nueva Ley entraña.

En la carta, las organizaciones y redes le manifiestan que “nos preocupa el enfoque de diversas disposiciones de esta Ley que en aras de la seguridad nacional restringen derechos fundamentales” y “en un ambiente generalizado de criminalización de la protesta social, agravan las condiciones de vulnerabilidad de los actores sociales que legítimamente y en ejercicio de sus derechos buscan información, se organizan y expresan su oposición de cara a proyectos que los afectan”.

Ya en diciembre 2015 diversas organizaciones y redes de la sociedad civil se pronunciaron respecto a las limitaciones de esta Ley al derecho de acceso a la información en el sector energético, en sentido contrario a lo establecido en el artículo 6° de la Constitución y en la Ley General de Transparencia y en contrasentido de los principios de la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA). En este sentido, la Ley supone una regresión en la garantía efectiva del  derecho de acceso a la información.

Finalmente alertan “sobre el riesgo que representa para el ejercicio efectivo de la  libertad de expresión  en el marco de las protestas sociales, la modificación del artículo 140 del Código Penal Federal (CPF)”. Dicho artículo aumenta la pena hasta la mitad en los actos de “sabotaje” a que se refiere dicha ley, y en su redacción final se removió una cláusula que establecía que “En ningún caso podrá considerarse sabotaje el ejercicio del derecho a la manifestación y expresión de opiniones e ideas o la libertad de reunión.”

Las organizaciones y redes firmantes señalan que, al igual que el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) que ha anunciado interpondrá una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 23 de esta Ley, la CNDH “puede hacer un análisis más amplio y hacer lo propio respecto de disposiciones de la Ley que restringen o amenazan otros derechos humanos”. Aunado a ello destacan sus preocupaciones:

•  Riesgo de que por falta de claridad en la redacción de la Ley se puedan imputar delitos a personas o comunidades opositoras a proyectos energéticos.

•  La presencia de diversas cláusulas que refuerzan la restricción al  derecho de acceso a la información .

•  Que se obstaculice el trabajo de investigación, promoción y  defensa de derechos humanos  de las organizaciones de la sociedad civil, pues dicha ley dispone en el artículo 18 sancionar “a quien directa o indirectamente reciba, recaude o aporte fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, a sabiendas que serán utilizados para cometer alguna conducta tipificada en esta Ley.”

Esperamos que la CNDH asuma su obligación de garante de la protección, promoción y defensa de los derechos humanos y de cauce a la acción de inconstitucionalidad en contra de diversos artículos de la ley mencionada.

Para mayor información
Quetzalcoatl g. Fontanot
comunicacion@redtdt.org.mx
55239992

 

 

 
   

 

 
 

 

 

 
 
 
 
 

 

 

 

 

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