|
Año 3. No.177. del 14 al 20 de marzo 2009. |
México,D.F. |
www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa |
Aprueban Legisladores AFILIACIÓN AL IMSS DE JORNALEROS EVENTUALESPor María de Lourdes Martínez González Los trabajadores eventuales del campo tendrán derecho de solicitar su inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social y demás condiciones de trabajo. El pago de las cuotas obrero patronales al Seguro Social, se irán acumulando, independientemente del tiempo en que los trabajadores eventuales no tengan empleo.
De acuerdo a una reforma a la Ley del IMSS que se aprobó en la Cámara de Diputados, el jueves pasado, los trabajadores eventuales del campo mexicano necesitarán 75 semanas de cotización para tener derecho al seguro por invalidez y seguro de vida, 625 semanas para el derecho a pensión por retiro, cesantía en edad avanzada y vejez . Y 12 cotizaciones durante el año previo ,para acceder al subsidio por embarazo y puerperio en el caso de las jornaleras agrícolas.
Sin embargo todo esto entrará en vigor hasta que se publique en el Diario Oficial de la Federación, lo cual podría tardarse todo el año, comentó el diputado federal por el PRI, Diego Aguilar, uno de los promotores de esta reforma que otorga derecho al seguro social a las y los jornaleros. En el país hay 1.2 millones de jornaleros agrícolas migrantes, de los que 42.6 por ciento corresponde a mujeres y 57.4 por ciento a hombres; aproximadamente 40 por ciento de ellos son menores de 15 años y el mismo porcentaje representa a los jornaleros que pertenecen a algún grupo indígena. De los jornaleros mayores de 14 años, 29 por ciento es analfabeto. Así también, 55.6 por ciento de la población de jornaleros agrícolas migra en grupos familiares y cerca de 61.1 por ciento de los hijos de familias jornaleras de entre 4 y 14 años de edad no asiste a la escuela. Las jornaleras reciben mínima atención médica durante el embarazo, y casi la mitad de ellas carece por completo de ésta. Las pensiones de cesantía en edad avanzada y vejez, consideradas en los artículos 154 y 162 de la ley, requieren por lo menos mil 250 semanas de cotización para tener derecho a cualquiera de estas pensiones, por lo que si tal número de semanas equivale aproximadamente a 24 años de trabajo continuo, los trabajadores no permanentes, que sólo laboran en promedio 6 meses al año, en el mejor de los casos, necesitarán esperar por lo menos 48 años para iniciar el trámite de cualquiera de ellas, por lo que su disfrute resulta muy difícil de alcanzar. Por lo cual la reforma que se aprobó el 12 de marzo del 2009 en la cámara de Diputados y que ya había sido aprobada en la Cámara de Senadores, ; reduce de 250 a 125 o 75 las semanas para invalidez; reduce de 150 a 75 semanas para seguro de vida; reduce de mil 250 a 625 semanas para retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y reduce a 12 cotizaciones durante el año previo para acceder al subsidio por embarazo y puerperio. |
|
Año 3. No.177. del 14 al 20 de marzo 2009. |
México,D.F. |
www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa |