Año 4. No. 226. del 27 Feb. al 06 Mar. 2010.
México,D.F.
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Reviven la Reforma a Ley del Infonavit

LAS AFORES TRAS LA CUOTA PATRONAL DE VIVIENDA

Por María de Lourdes Martínez González

 

Revivió el debate sobre la reforma a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), en la que se pretende que las Administradoras de los Fondos de Ahorro para el Retiro (Afores) se queden con la cuota patronal para la habitación de los asalariados, misma que actualmente supera los 552 mil millones de pesos.

El presidente de la Comisión de Vivienda, Martín Rico, diputado federal por el PAN -empresario y asesor inmobiliario con licencia- informó que para el próximo miércoles 03 de marzo del 2010 está previsto un desayuno entre legisladores y el titular del Infonavit, Víctor Manuel Borras. Ahí comenzaran a delinear esa reforma que se planteó desde mediados del 2009.

Cabe señalar que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo en su artículo 136, toda empresa deberá aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio, para garantizar que se proporcione a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas.

Pero con la reforma que se propone a la Ley del Infonavit se busca canalizar el 80 por ciento de ese dinero a las Afores y eliminar la posibilidad de que el trabajador lo reclame en moneda contante y sonante. (Leer Nota Relacionada) fondodevivienda.html

Actualmente ese 5 por ciento de cuota patronal lo administra el Infonavit y -en caso de que los trabajadores tengan 50 años o más, no reciban crédito habitacional o que haya un sobrante de lo que aportó su patrón- debe reintegrársele en dinero en efectivo al asalariado cuando lo reclama. O debe dársele a su beneficiario en caso de muerte, según el artículo 141 de la Ley Federal del Trabajo y el artículo 40 de la Ley del Infonavit.

Sin embargo desde el 2009 las autoridades del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores se han negado a entregar a sus beneficiarios la cuota patronal acumulada a su favor en el Fondo de Vivienda, argumentando que el artículo octavo transitorio de la Ley del Infonavit autoriza al Instituto a retirar ese dinero de la cuenta individual del asalariado, sin consultarlo previamente, para enviarlo supuestamente al gobierno federal para financiar su pensión, a través de las Afores.

De esa forma la Secretaría de Hacienda ya acumuló más de 12 mil millones de pesos que han sido reclamados por sus beneficiarios, pero no se les ha retribuido, explicó el secretario de la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, David Hernández, quien dijo que la única opción que tienen los trabajadores es que los legisladores eliminen el artículo octavo transitorio de la Ley del Infonavit, para lo cual la fracción del PRI -dijo- ya presentó una iniciativa de reforma.

Existen tres diferentes períodos de aportaciones al Infonavit que un trabajador puede reclamar y son: el Fondo de Ahorro 1972-1992, los recursos del SAR-Infonavit 1992-1997; y las aportaciones realizadas a partir de julio de 1997 a la fecha. Pero este último período es el que ha presentado mayor complicación para los trabajadores, pues el Infonavit se respalda en el artículo octavo transitorio de su ley.

Incluso las autoridades del Infonavit se ampararon contra las múltiples peticiones de devolución del fondo de vivienda y lograron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinara que los trabajadores no pueden recuperar los fondos aportados al Infonavit, toda vez que los mismos forman parte de la pensión que recibirán cuando se retiren, según dijeron los ministros magistrados.

Cabe mencionar que el artículo 37 de Ley del Infonavit, establece que el derecho que tienen los trabajadores o sus beneficiarios para recibir los recursos de la subcuenta de vivienda, prescribe a favor del Instituto a los 10 años de que son exigibles, si el trabajador no los reclama.

De esa forma, por una u otra vía el trabajador pierde.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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