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Jubilados Logran Que Suprema Corte Emita Jurisprudencia ES INCONSTITUCIONAL RETENER FONDOS DE VIVIENDA*Hasta Ahora el Infonavit Retiene Ileglamente los Ahorros para Vivienda de Trabajadores
Periodista de Frecuencia Laboral
El Infonavit dio a conocer que atenderá las jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la devolución de la subcuenta de vivienda, por lo que los jubilados que no hayan utilizado su ahorro para la vivienda retenido antes de 1997 podrán solicitar que les entreguen sus aportaciones en una sola exhibición. Aunque aclaró que la devolución aplicará únicamente para los trabajadores que obtengan un amparo indirecto por parte de un Juzgado de Distrito, a partir del tercer trimestre de 1997, siempre que no hayan utilizado su crédito o que hayan acumulado nuevamente recursos una vez liquidado éste. En la jurisprudencia 93/2011, la Corte establece un plazo de 10 días hábiles para que la Tesorería de la Federación entregue al Infonavit los recursos del trabajador que haya obtenido una resolución favorable por parte del Juez de Distrito. Una vez que el Instituto reciba los recursos de parte de la Tesorería, tendrá 10 días hábiles para entregar el dinero al trabajador en una sola exhibición. El pasado 2 de junio del 2011, el Instituto especificó que lo anterior se da atendiendo a las jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ante el Instituto se encuentra 69 mil juicios vigentes, y se han devuelto recursos por más de 130 millones de pesos vía amparos indirectos a más de 2 mil 200 trabajadores. De acuerdo a datos de la Profedet, en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje se encuentren en trámite más de 100 mil juicios en los que se solicita la devolución de la subcuenta de vivienda. Aunque abogados laboralistas hablan que hay más de 220 mil juicios por el reclamo de la subcuenta de vivienda. Desde más de hace 5 años miles de Trabajadores Jubilados y Pensionados han demando al Infonavit para reclamar la devolución de las aportaciones al fondo de vivienda. (Leer Noticia Relacionada: "Infonavit y Afores Retienen con Artimañas los Ahorros de Vivienda"). De ahí que el Infonavit, afirmó que en apego a lo establecido en la Ley del Infonavit, cuando un trabajador se retira, el Instituto debe transferir al Gobierno federal, los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda para que se sumen a su pensión. La jurisprudencia 92/2011 establece que los trabajadores podrán presentar en cualquier momento un amparo indirecto por la inconstitucionalidad del artículo octavo transitorio de la Ley del Infonavit, para recuperar su ahorro para vivienda, a partir de que el Instituto les manifieste la imposibilidad de devolverles su saldo de la subcuenta de vivienda 1997 por haber sido transferido al Gobierno Federal. En la jurisprudencia 93/2011, la Corte establece un plazo de 10 días hábiles para que la Tesorería de la Federación entregue al Infonavit los recursos del trabajador que haya obtenido una resolución favorable por parte del Juez de Distrito. Una vez que el Instituto reciba los recursos de parte de la Tesorería, tendrá 10 días hábiles para entregar el dinero al trabajador en una sola exhibición. La SCJN resolvió que jubilados podrán recuperar su dinero de la subcuenta de la vivienda en 10 días. Por lo que Jaime Valerio Hernández, gerente de Asuntos Jurídicos del Instituto especificó que la Corte reconoce que el Instituto no tiene en sus cuentas el dinero cuya devolución le solicita el trabajador, por lo que establece un procedimiento que evita que se presente un doble pago para el Instituto, el primero de ellos a la Tesorería y el segundo al trabajador al que se le haya concedido el amparo. En opinión del abogado Jesús Luna Arias, aunque tardada es buena para los trabajadores, quienes no tendrán que esperar juicios largos, proceso que se tardan entre 2 0 3 años para que les regresaran sus recursos de la subcuenta de vivienda. Incluso, funcionarios de la JFCA reconocieron el año pasado que la devolución del fondo de vivienda de los trabajadores representa un gran cuello de botella, a raíz de que se declaró inconstitucional un artículo transitorio de la Ley del Infonavit. La resolución de la Corte sobre la recuperación del ahorro para la vivienda retenido después de 1997 no establece un plazo para que los jubilados presenten el amparo para acceder a este derecho. Ya funcionaba entre el Infonavit y la Profedet un programa mediante el cual el organismo de vivienda devolvía en menos de siete días el dinero de los jubilados, siempre que se hubiera concluido a su favor el proceso legal. Sin embargo, era sólo para procesos atendidos por esta Procuraduría. El criterio de la Corte es aplicable a los trabajadores que ya cotizaban en el IMSS antes de julio de 1997 y que decidan jubilarse bajo la Ley del Seguro Social de 1973, régimen donde los pagos corren a cargo del Gobierno y en el que actualmente ya hay 2.8 millones de pensionados. El Infonavit administra alrededor de 551 mil millones de pesos depositados por los patrones en las subcuentas de vivienda. |
Año 5. No. 290. del 04 al 11 jun 2011 |
México,D.F. |
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