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Diputados Aprueban Cambios Injustos y Abusivos EMPEORARÁN LA LEY DEL INFONAVIT*En el Senado Pretenden Ratificar esa Reforma sin Análisis y de Fast Track, advierte la Diputada Laura Itzel Castillo. Por María de Lourdes Martínez GonzálezPeriodista de Frecuencia LaboralLa Cámara de Diputados aprobó una reforma injusta y abusiva a la Ley del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), con la cual los ahorros para vivienda se pondrán a jugar en la Bolsa de Valores (se bursatilizarán), situación que pone en riesgo de pérdida total esos recursos que ascienden a casi 600 mil millones de pesos. Y, lo más grave, es que se aprobó indexar la deuda habitacional, con la cual los créditos del Infonavit serán impagables provocando el decomiso de las casas como ya ocurre actualmente. "Artículo 43. ... Los recursos...deberán invertirse, en tanto se aplican a los fines señalados en el artículo anterior, en los valores que determine el Consejo de Administración, con base en los previstos para la inversión de los recursos del Sistema de Ahorro para el Retiro, garantizando en todo momento que el instituto cuente con los recursos requeridos para atender las necesidades de vivienda de los trabajadores". Sin embargo los legisladores del PRI, que promovieron estas reformas y de los del PAN, anunciaron con bombo y platillo tales modificaciones aprobadas en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre del 2011. Enfocaron su campaña con la zanahoria de que con esta reforma a la ley del Infonavit el trabajador derechohabiente, que hayan concluído vida laboral formal, bajo la reforma de 1997 podrán cobrar sus ahorros de vivienda sin necesidad de interponer un juicio –como hoy ocurre- en el que los despachos de abogados les cobran hasta el 30 por ciento de lo que acumularon. Cabe recordar que los ahorros de vivienda están considerados por el artículo 141 de la Ley Federal del Trabajo como una parte del salario de los trabajadores, pero es aportado por los patrones que los contratan y que los inscriben al Infonavit. Y tienen derecho a recuperar lo que se haya acumulado al final de su vida laboral, después de los 50 años de edad o en caso de incapacidad por accidente o enfermedad de trabajo, siempre que no hayan sido beneficiarios de un crédito habitacional del Infonavit. Por supuesto que no dicen que el derecho a reclamar los ahorros de vivienda ya está inscrito en el artículo 141 de la Ley Federal del Trabajo, pero no se cumple. Situación que ha obligado a más de 60 mil trabajadores a interponer juicios laborales para reclamar su dinero, lo cual ha servido para beneficio de despachos de abogados abusivos que cobran hasta el 40 por ciento de los recursos que recuperan. Por le pregunté al presidente de la Comisión de Vivienda Martín Rico, ¿Qué garantiza que con esa reforma a la Ley del Infonavit el gobierno federal entregue a los trabajadores su ahorro de vivienda?, quien se limitó a responder que el organismo tendrá los recursos disponibles para cuando el trabajador derechohabiente los reclame. Los diputados federales del PRI robaron foro el martes 28 de noviembre del 2011, inmediatamente después de que se aprobó esta reforma a la Ley del Infonavit, para difundir con insistencia que se trata de una iniciativa que ellos promovieron, para que los trabajadores recuperen sus fondos de ahorro para vivienda, sin necesidad de interponer un juicio. Pero lo que tampoco dijeron es que entrará en vigor hasta que la aprueben también en la Cámara de Senadores, instancia en la que se encuentra actualmente esa reforma, para su ratificación o rechazo. Y hasta que se publique en el diario oficial de la federación. Al respecto, Laura Itzel Castillo, diputada federal por el Partido del Trabajo, anunció que intentó hacer gestiones en el Senado de la República para que se abran foros de debate sobre esta reforma, pero le aseguraron que será aprobada sin ningun análisis previo y de fast track. Detalló que en la Cámara de Diputados tomaron por sorpresa al pleno y que se aprobara sin análisis esta reforma porque "intencionalmente querían agarrarnos distraídos". Y la reforma, efectivamente se aprobó. Cabe hacer notar que entre los diputados que promovieron esta reforma a la Ley del Infonavit, nuevamente aparecen los nombres de quienes pretendían una reforma laboral para eliminar 26 derechos conquistados en la última centuria y con la cual querían establecer el esclavismo "postmoderno". Algunos de ellos son el vicecoordinador de la bancada legislativa del PRI, Ramón Martel López, David Hérnandez, diputado federal priista y líder de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) y Armando Neyra Chávez, líder del sindicato de la industria embotelladora, dirigente de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), ambas centrales obreras afiliadas al PRI. Lo que quedó medio oculto en la confusión de toda esa declaracionitis es que más que un beneficio para los trabajadores esta reforma que aprobaron los legisladores del PRI y del PAN podría dejar a los derechohabientes endeudados de por vida porque reformaron el artículo ....para "indexar a un factor económico" el monto total del crédito que le fue otorgado al trabajador para adquirir su vivienda. Indexar significa nivelar o igualar...y no se especifíca a que factor económico se refieren. El cual podría ser el interés de la banca privada, situación que haría impagable la deuda habitacional de los asalariados y los expodría a un decomiso, como ya está ocurriendo. ( Leer Noticia Relacionada: "SIGUEN LOS DESALOJOS DE VIVIENDAS DEL INFONAVIT") "Artículo 44. ... El instituto también otorgará, a solicitud del trabajador, créditos en pesos o indexados a otros indicadores diferentes al salario mínimo, conforme a las reglas que al efecto determine su Consejo de Administración, las cuales deberán propiciar que las condiciones financieras para los trabajadores no sean más altas que las previstas en los párrafos anteriores y previendo en todo momento las medidas para que se preserve la estabilidad financiera del Instituto y se cubran los riesgos de su cartera de créditos. Los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de 30 años". |
Año 6. No. 314. del 03 al 10 diciembre 2011 |
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