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Año 7.No. 378. del 09 al 16 mar. del 2013

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En la Cámara de Diputados Eliminaron el Fuero Pero...

AÚN SIN FUERO PODRÍAN ESCAPAR ALTOS FUNCIONARIOS

*En el Senado Buscan Aprobar su Antídoto: Eliminar el Arraigo Domiciliario.

 

Por María de Lourdes Martínez González

Periodista y Conductora de Frecuencia Laboral

Antes de recibir en la Cámara de Senadores la reforma constitucional que aprobaron los diputados federales para eliminar la protección del " Fuero Constitucional", los senadores priistas encabezados por Omar Fayat Cristina Díaz, el senador Miguel Romo anunciaron en conferencia de prensa, presentaron una iniciativa de ley para que se elimine el arraigo domiciliario, con lo cual queda latente la fuga de cualquier alto funcionario que sea sometido a juicio penal, en caso de que entre en vigor esta reforma.

La reforma a los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución Política, que se aprobó por mayoría en la Cámara de Diputados el martes 05 de marzo del 2013, es para que puedan quedar sujetos a proceso penal diputados y senadores del Congreso de la Unión; ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral; consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho; diputados de la Asamblea del Distrito Federal; Jefe de Gobierno del Distrito Federal; Procurador General de la República y el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral. Pero no podrán ser ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejerzan su cargo.

Todavía falta que esta reforma constitucional se apruebe por el Senado de la República y por, al menos, 16 congresos estatales. Pero, de cualquier forma, los servidores públicos no podrán ser privados de su libertad durante el ejercicio de su cargo aunque sean sometidos a proceso penal. Continuarán en funciones hasta en tanto se dicte la sentencia condenatoria respectiva y ésta haya causado ejecutoria, en atención al principio de presunción de inocencia, aclaró el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputado Julio César Moreno Rivera (PRD).

El presidente de la República sería el único funcionario que mantendrá el fuero constitucional y se estableció que los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten durante el tiempo en el que desempeñen sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos, procesados ni juzgados por ellas.

El diputado por el PAN , José Francisco Sotomayor, quien presentó la iniciativa de reforma constitucional para eliminar el fuero, dijo para Frecuencia Laboral: El Espacio donde los Trabajadores son la Noticia, que no se eliminó el fuero constitucional para el presidente de la República, porque solamente puede ser juzgado por delitos graves o por traición a la patria .

"Actualmente como está la ley, primero tiene que realizarse un juicio de desafuero, para que seamos juzgados. Con esta reforma ya no vamos a tener esa barrera, sino que directamente podrá hacerse la denuncia e iniciarse el juicio...el presidente de la República quedó fuera de esto porque es incongruente que el Procurador General de la República, quien es designado por el propio presidente sea el que haga el procedimiento".

Los gobernadores, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de los estados y, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas locales, magistrados electorales e integrantes de los órganos superiores de dirección de los organismos electorales de las entidades federativas, cuando alguno de ellos sea sometido a un proceso penal por la comisión de delitos del orden común, se regirán por lo que establezcan las constituciones de cada estado.

Hasta el momento no hay ningún funcionario en la cárcel por delitos detectados en las revisiones de la cuenta pública, de acuerdo a declaraciones del Auditor Superior de la Federación, Manuel Portal, quien dijo que las denuncias de 2008 para atrás, de plano ya fueron archivadas. (Leer Noticia Relacionada: "PEMEX, CFE, ISSSTE, IMSS...PAGARON MILES DE MILLONES A EMPRESAS FANTASMA") .

El martes 07 de marzo del 2013 el coordinador del PRI en la Cámara de Senadores, informó que aún no han recibido las reformas que aprobó la Cámara de Diputados para eliminar el fuero.

Sin Embargo, ese mismo día los senadores del PRI Omar Fayat, Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Cristina Díaz, el senador Miguel Romo integrantes de la comisión de Justicia, dieron a conocer que " hemos presentado ya la reforma en materia de arraigo".

Omar Fayat explicó que el artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, que fue aprobado en 1983 y que regula la figura del arraigo, es incongruente con los textos de nuestra Constitución, y que como no ha sido modificado de acuerdo a las Reformas en materia penal y de derechos humanos, es inadecuado a las disposiciones de los artículos 1° y 16 de la Carta Magna . Lo cual obedece a que en 1983 el artículo 16 constitucional no establecía plazo alguno para la detención de inculpados durante la averiguación previa, esto es, no existían los párrafos que hoy se ubican como octavo y noveno y que estableciendo un plazo máximo de 48 horas para la retención.

Precisó que su iniciativa tiende no sólo a delimitar los delitos graves en que debe proceder el arraigo, sino, asimismo, reducir los plazos que actualmente se establecen, quedando para los casos de delincuencia organizada el arraigo por hasta diez días, que, en su caso, podrá prorrogarse por una sola ocasión por diez días más, no debiendo exceder ambos plazos de un máximo de veinte días .

Detalló que de 2008 a la fecha se emitieron más de 4 mil ordenes de arraigo y sólo se consignaron 200.

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

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