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Año 8. No. 429. del 02 al 08 de mar 2014

www.frecuencialaboral.com: Premio Comunicación Alternativa

Senadores la Hacen Imposible

ES UN ENGAÑO LA LEY DE CONSULTA POPULAR

*PRI-PAN-PVEM-PANAL Y PRD Imponen Candados que Convierten a la Consulta Popular en Algo Irrealizable

*El Líder de la Cámara de Diputados Decidirá en Juicio Sumario si la Petición Ciudadana de Consulta Procede o no.

*Lo que No Quieren es Que se Someta a Consulta Popular la Reforma Energética

*Diputados Federales Ratifican la Minuta del Senado y la Enviaron a Presidencia para su Publicación y Entrada en Vigor.

Por María de Lourdes Martínez González

Periodista y Conductora de Frecuencia Laboral

 

En el senado de la República pusieron más candados a la Ley de Consulta Popular, para hacerla prácticamente imposible. Aún con ello, en la Cámara de Diputados fue ratificada el 06 de marzo del 2014 por la mayoría del PRI, PAN, PRD, PVEM y PANAL, sin cambios. Con los candados que impusieron los senadores y que avalaron los diputados federales , será la Suprema Corte la que decida si procede o no la consulta popular, pero esa es la última de más de 10 trabas que tendrá que sortear la ciudadanía antes de lograr que se implemente ese mecanismo. (Leer Noticia Relacionada: LA LEY DE CONSULTA POPULAR ES UNA FARSA link: http://www.frecuencialaboral.com/consultapopularleyunafarsa2013.html)

De por sí los diputados federales habían establecido desde el martes 10 de diciembre de 2013 que a la ciudadanía sólo se le involucraría en temas de “trascendencia nacional” siempre y cuando así lo aprobaran las dos terceras partes de diputados federales y de senadores de la República. Ahora, los ciudadanos que soliciten una consulta popular, tendrán que dar un aviso de intención a cualquiera de las cámaras, las cuales pueden desechar la petición sin derecho de audiencia. En caso de que la apruebe será decisión del máximo tribunal si el tema es de "trascendencia nacional". Y sólo se realizará una consulta popular cada tres años, entre otras muchas trabas más (Leer Noticia Relacionada: LA LEY DE CONSULTA POPULAR ES UNA FARSA link: http://www.frecuencialaboral.com/consultapopularleyunafarsa2013.html)

El jueves 27 de febrero del 2014, poco después de la una de la madrugada, con 103 votos de los senadores del PRI, Verde Ecologista, PAN Nueva Alianza y la mayoría del PRD empeoraron la minuta que llegó de la Cámara de Diputados al establecer que sólo podrá realizarse una consulta popular cada tres años, durante los procesos electorales. Quienes participen sólo podrán responder una pregunta y no dos como establece el artículo 35 constitucional, y aquellos electores que ya hayan participado en ese proceso, no podrán volver a hacerlo.

Además de que será la Suprema Corte quien defina qué tema es de “trascendencia nacional” y si es posible someter a consulta una reforma constitucional o no. (actualización: la Ley de Consulta Popular fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo del 2015 y entró en vigor el 15 de marzo del 2014 n.d.e.)

El senador panista Héctor Larios Santillán afirmó que aquellos senadores del PRD que habían dicho en tribuna que votarían por esta ley de Consulta Popular porque se sometería a juicio reformas constitucionales, estaban en un error "He escuchado a quienes me han precedido en la tribuna -senadora del PRD Angélica de la Peña- decir: nosotros vamos a votar porque ahora vamos a poder echar abajo una reforma constitucional. Yo no sé si sea o no sea cierto porque eso lo va a determinar la Corte... porque claramente se establece que no puede ponerse en consulta la Constitución, eso lo va a determinar la Corte... la manera de formular, incluso, la pregunta corresponde determinar su constitucionalidad a la Suprema Corte de Justicia".

Además no se podrán someter a consulta popular los principios del artículo 40 constitucional, que son que este país se constituye como una República representativa, democrática, laica y federal, porque así lo establece el artículo 35 constitucional que garantiza el derecho humano a la consulta popular.

Pero a lo largo de la ley que aprobaron en el Senado de la República se leen otros artículos que hacen literalmente imposible la consulta popular, como lo detalló la vicecoordinadora del PRD, Dolores Padierna, quien junto con otros 9 senadores de ese partido y del Partido del Trabajo se mantuvieron en la oposición con su voto en contra. Ellos fueron Lorena Cuéllar, Manuel Bartlett, Ana Gabriela Guevara, Alejandro Encinas, Manuel Camacho Solís, Mario Delgado, Raúl Morón, Fernando Mayans, Rabindranath Salazar. En cambio la mayoría del PRD, votó a favor de esta ley que anula la participación ciudadana en las decisiones del gobierno y que impide a la ciudadanía atajar reformas que van en contra de los mexicanos, entre ellos destaca su coordinador Miguel Barbosa, Alejandra Barrales y Armando Ríos Pitter.

Dolores Padierna explicó que en la Constitución, artículo 35, fracción VIII, se especifica que no pueden ser materia de consulta y habla de los derechos humanos, de la materia electoral, de la seguridad nacional, de los ingresos y gastos del Estado y de la organización de las Fuerzas Armadas. Pero la mayoría de senadores amplió esas prohibiciones a otros temas "con estratagemas verbales o escritos".

"En el artículo 14 aumentan los requisitos, ponen requisitos metaconstitucionales.Por ejemplo, un aviso de intención que no está marcado en la Constitución, pero que aquí en la ley lo ponen además como un requisito sin el cual no se admite trámite a consulta.

En el artículo 12 se imposibilita a los ciudadanos a respaldar más de una consulta. Alguien puede hablar de un tema, alguien puede consultar de otro tema. La consulta nos está hablando de dos, al menos temas, dos preguntas y aquí esta ley es limitativa, sólo una puede participar la ciudadanía. Y, claro, dicen que por ahí en el adéndum o en el acuerdo tras bambalinas para lo cual sirvió el receso que pidieron -el receso fue de casi 5 horas- hasta un 20 por ciento. Pero por qué vamos a limitar nosotros la voluntad popular, por qué nosotros nos vamos a sobreponer si un solo ciudadano quiere participar de dos, por qué nosotros lo vamos a hacer prohibitivo hasta en un 20 por ciento.

En el artículo 28 se desecha la solicitud (de los ciudadanos para una consulta popular) con sólo la palabra del Presidente de la mesa de la Cámara de Diputados. Si él dice no cumpliste el número de firmas, se da y lo dice, procederá a su archivo y se da como un asunto total y definitivamente concluido, como si fuera un juicio sumario. No hay manera de que la ciudadanía diga no es cierto, yo te presenté cien firmas y tú estás diciendo que tengo 98, no hay posibilidad de defensa de la ciudadanía.

En el artículo 20 y varios más, se faculta con exclusividad a la Cámara de Diputados para recibir la petición de consulta popular, cuando en la Constitución se establece que en cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión. Y aquí es sólo la Cámara de Diputados, tal vez porque allá tengan mayor control, tal vez porque allá acepten los dedazos y los lineazos, vengan de donde vengan, y aquí les cuesta más trabajo.

En el artículo 64 si la Constitución de por sí es muy restrictiva y pone un porcentaje del 40 por ciento de la lista nominal para ser válida o vinculante una consulta, si eso de por sí es muy difícil de lograr, no lo han logrado nadie ni con todos los millones que le metió Peña Nieto alcanzó el 40 por ciento de la población, con trabajos alcanzó el 35. Bueno, aún ya lográndose el 40 por ciento de la lista nominal, todavía aquí en la ley le ponen otra limitante, siendo ya vinculante, plantea esa obligatoriedad a la Legislatura siguiente a tres años, etcétera, etcétera".

Antes del debate hubo una negociación entre el PRI-PAN-PRD de donde el coordinador de la bancada perredista Miguel Barbosa salió con el compromiso de votar a favor de la minuta que imposibilita en los hechos la realización de la consulta popular. Pero no informaron qué acuerdos pactaron, por lo cual Manuel Bartlett dijo que en tribuna que esta ley de consulta popular que aprobaron la mayoría de senadores es un engaño.

"Es clarísimo... esta Ley lo único que hace es engañar, porque toda la demanda, todo lo que se ha hecho en estos meses y años en el que Peña Nieto inició su hipócrita reforma energética, ha sido buscar que el pueblo decida si se debe reformar la Constitución en materia energética, si debemos de entregar al extranjero los recursos energéticos vitales y estratégicos de este país, si debemos entregar al extranjero los recursos energéticos vitales y estratégicos de este país y debemos entregar al extranjero la electricidad, que es una estructura que nos ha costado miles de millones y miles de millones y años y eso no está.

Y no están algunas otras reformas constitucionales, porque no quieren que esté, porque no quieren que esté.

Entonces... lo que el señor Peña Nieto... no quiere que haya una revisión popular del desastre y vaciamiento que está haciendo la Constitución de la República, de haber metido reformas neoliberales y le está quitando toda la esencia social, toda la soberanía, los criterios de política económica adecuados, la responsabilidad del estado hacia la sociedad, todo eso se lo ha quitado porque no tiene un control de constitucionalidad sus acciones.

Entonces ese es el tema, lo demás es darle vuelta.

Y por eso fue muy claro y qué bueno que nos lo aclaró en relación con este acuerdo que todavía no vemos que no, que aquí no se va a decir, lo va a decidir la Suprema Corte de Justicia.

Eso es la verdad, una trampa, es eludirlo y sumarnos al propósito de Peña Nieto de no poner en riesgo frente a la voluntad popular, ese el temor hacia la voluntad popular, las reformas antipopulares que ha hecho en estos años.

Es tan sencillo como eso. Y además hay otras cuestiones que cuando empiece a aclararse el acuerdo, vamos a ver que hay muchas trampas en este arreglo fenomenal del consultor jurídico que vino aquí a tomarnos el pelo una vez más.

Mientras no esté claramente establecido que la consulta popular puede ser sobre reformas constitucionales aprobadas en curso previas, lo demás sigue siendo una farsa".

Por su parte, los diputados federales en la sesión del pleno del 06 de marzo del 2014, ratificaron la minuta del Senado, con todos sus candados, con el voto mayoritario del PRI, PAN, 57 del PRD, PVEM y PANAL. Y la enviaron al poder ejecutivo para su ublicación en el Diario Oficial de la Federación y su entrada en vigor.

Sólo votaron en contra 2 diputados del PAN, 24 del PRD, 13 del PT y 18 del Movimiento Ciudadano. Los diputados federales del Movimiento Ciudadano calificaron de esta Ley de Consulta Popular como una farsa, porque prácticamente es irrealisable. En tanto que el coordinador del PRD, Silvano Aureoles, dijo que fue lo que se pudo hacer.

María Luisa Alcalde del Movimiento Ciudadano detalló la tramitología que tendrá que sufrir cualquier ciudadano que solicite una consulta popular:

Luego de aprobar esta ley, el proceso de consulta popular tan esperado será el siguiente: múltiples ventanillas para el ciudadano, una tras otra, que convierten en una tortura burocrática lo que debería ser el ejercicio de un derecho con el mínimo de requisitos posible.

"Para dejarlo bien claro, permítanme leerles el Manual de Usuario para el Ciudadano que quiere someter un tema a consulta:

Primero. Asista a la Mesa Directiva de cualquier Cámara a presentar un aviso de intención;

Segundo. La Mesa verificará la validez del aviso y, de aprobarlo, emitirá un formato para la obtención de firmas;

Tercero. Junte un millón 600 mil firmas, no olvide integrar el número identificador OCR de la credencial de elector de los firmantes ni se vaya a equivocar en un número o letra, porque de ser así, se declarará inválida.

Cuarto. Presente una petición formal de consulta a la Mesa Directiva de la Cámara donde se dio el aviso de intención.

Quinto. La Cámara verificará el total de firmas y las enviará al INE para que verifique su autenticidad. En caso de que el INE apruebe la petición, el Congreso enviará una iniciativa a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el análisis de la constitucionalidad y validez de la pregunta.

Nota. Si en este punto la Corte desestime el sentido de su pregunta, regrese al punto número uno y vuelva a empezar.

Sexta. Si la Suprema Corte aprueba su pregunta la consulta se publicará y el Congreso emitirá la convocatoria correspondiente y notificará al INE.

Séptima. Una vez publicada la consulta viene la parte más sencilla. Consiga que más de 31 millones de personas participen en la consulta, porque eso es el equivalente al requisito del 40 por ciento de la lista nominal de electores necesaria para que sea válida."

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

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