Portal Semanario
Año 13. No. 673. del 18 al 24 de noviembre 2018
Premio de Comunicación Alternativa

 

Con el pretexto de la Nueva Ley de AMLO

DISMINUCIÓN SALARIAL A TRABAJADORES SINDICALIZADOS DEL SUTIN

*No se les aplica a los altos funcionarios sino a los asalariados de bajos ingresos.

*La reducción fue de hasta 20% de sus percepciones.

 

Por Carlos Guillén Soriano,
Secretario de Prensa del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear

y colaborador voluntario de de Frecuencia Laboral

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

A unos cuantos días de que se publicó la Ley Federal de Remuneraciones en el Diario Oficial de la Federación, sin justificación legal alguna ni aviso previo a los trabajadores ni a su organización, el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear, los ingresos de los trabajadores del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ) fueron reducidos en altos porcentajes que llegan a superar el 20% del pago normal.

Este recorte salarial es consecuencia de la violación por parte de la administración del ININ al clausulado del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT). A pesar de que éste y la nueva ley publicada días atrás establecen que las remuneraciones están compuestas por toda percepción en efectivo o en especie, por lo que son parte del salario integral, la administración, al dejar de considerar las percepciones de seguridad social como parte del salario y pretender gravarlas, afecta al salario integral. En particular, a las prestaciones que se calculan a partir del mismo.

Al desaparecer la percepción-prestación de seguridad social, que es parte del salario básico e integral según el CCT, esto implica la disminución de otras prestaciones cuya base de cálculo son estos salarios, tales como la ayuda para despensa, fondo de ahorro, ayuda para renta, prima vacacional, aguinaldo, incentivo por antigüedad. Con esto se viola flagrantemente además, el anexo 3 fórmulas para el cálculo de la nómina del CCT. Esto, cuando la Ley Federal de Remuneraciones en ninguno de sus artículos faculta al organismo para disminuir esas prestaciones y por ende el salario integral de los trabajadores.

Estas acciones pasan por alto que de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Impuesto Sobre la Renta y su reglamento, las prestaciones de previsión social, están exentas de pago de impuesto sobre la renta, por lo que el ININ no puede ni debe retener un tributo sin que exista una ley previa que lo prevea y que esta ley haya sido emitida conforme al proceso contemplado en la Constitución.

La Ley Federal de Remuneraciones, según anunció el presidente electo y han asegurado los legisladores integrantes de la mayoría parlamentaria, tiene por objetivo evitar que haya funcionarios que ganen más que el Presidente de la República y dar fin a las onerosas pensiones que se han otorgado a los expresidentes una vez que terminan su encargo. Por lo tanto, dicho ordenamiento va dirigido a la alta burocracia que se ha aprovechado del erario para enriquecerse, no a los trabajadores de base a quienes difícilmente les alcanzan sus raquíticos salarios para lo indispensable.

Aun en el caso de que la ley mencionada fuera aplicable, su aplicación sería hasta el próximo ejercicio fiscal, es decir hasta 2019, lo que refuerza el carácter ilegal de esta acción.

Sorprende que a menos de una semana de publicación de la ley, quienes están al frente del ININ se apresuren en su aplicación en perjuicio de los trabajadores, cuando no han mostrado la menor preocupación porque se cumplan aspectos establecidos en el CCT como la promoción del personal a partir de la evaluación del trabajo o la cobertura de plazas vacantes.

Tampoco han mostrado mucha preocupación por cumplir el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo que manda a Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, lo que no se hace en el caso de numerosos proyectos de investigación.

En realidad no es nueva la afectación a los trabajadores. Ya desde hace años se ha aplicado el CCT de manera diferenciada en el caso del personal de menor antigüedad, a quienes se aplica el descuento de impuestos en forma violatoria a lo pactado en el CCT, resultando en ingresos menores por trabajos iguales a este personal.

Mención aparte merece el poder legislativo ya que la ley aprobada contiene elementos que se están tomando como pretexto para afectar a trabajadores de base. No se trata de un caso aislado. En instituciones como la Secretaría de Cultura, el Colegio de Postgraduados o la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se están disminuyendo los salarios del personal invocando la nueva ley. Es inaceptable que una ley que se dijo sería contra la corrupción y el abuso de la alta burocracia, se use para agredir a los trabajadores de base y a sus familias ¿lo consideraron los legisladores? ¿lo avalará el nuevo gobierno?

sutin.nucleares@gmail.com

 

 

 
   
 
 

 

 

 
 
 
 
 
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