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Tras una larga revisión contractual 2% DE INCREMENTO SALARIAL A TRABAJADORES NUCLEARES *Autoridades se negaron a mejorar las condiciones de los trabajadores nucleares.
Integrante del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear y colaborador voluntario de Frecuencia Laboral, Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com Casi nueve meses después de la solicitud de revisión integral del contrato colectivo de trabajo que regula las relaciones laborales entre el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ) y el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear (SUTIN), el 23 de septiembre de 2020, se firmó el convenio de revisión contractual entre Instituto y sindicato. Se pactó un incremento salarial de 2%, así como la modificación de algunas cláusulas del propio contrato que, sin contener aspectos de fondo, favorecen a sectores de trabajadores nucleares. Atrás quedaron meses de discusión y otros de silencio, intentos de mejorar aspectos del contrato o de cercenarlo, llamados al diálogo sin respuesta oportuna, explicaciones de la situación del país y señalamientos de que no se podía mejorar las condiciones de los trabajadores nucleares como en otros años. El resultado fue un incremento salarial menor al otorgado a trabajadores de otras empresas e instituciones. Finalmente, a pesar de las condiciones impuestas por la emergencia sanitaria declarada desde fines de marzo, los trabajadores nucleares asistieron de forma masiva a manifestar con su voto personal, libre y secreto, su aceptación del resultado de la revisión, no obstante el insuficiente incremento, por debajo de lo logrado por otros trabajadores y sobre todo, por debajo de la pérdida del poder adquisitivo del salario. El voto de los trabajadores nucleares consideró la situación del país y las posibles implicaciones de un conflicto en el momento actual, así como las condiciones impuestas por un confinamiento que prácticamente impide la movilización y la solidaridad. En el marco de las pláticas de revisión, el SUTIN insistió en todo momento en la necesidad de contar con instituciones de investigación científica que puedan contribuir a dar respuesta a la problemática del país y en que eso implica recursos para los proyectos de investigación, condiciones para la transferencia del conocimiento y el recambio generacional y pleno respeto a los derechos de los trabajadores. En todo momento, la parte sindical insistió en el diálogo abierto y respetuoso para lograr acuerdos para fortalecer la institución y la materia de trabajo. Aunque llegaron a tenerse coincidencias en la mesa, no hubo mayores acuerdos. Incluso, durante más de dos meses, no hubo respuesta alguna a la petición sindical de continuar las pláticas, así fuera de manera virtual. En la Secretaría de Energía se expresaron coincidencias con los planteamientos sindicales y hubo interesantes intercambios de puntos de vista con relación al futuro del ININ. No obstante, el tema de la revisión contractual quedó fuera. Finalmente, se firmó la revisión contractual apenas unos meses antes de que deba iniciar el proceso para la revisión salarial correspondiente a 2021 y a punto de iniciar el proceso electoral que debe renovar la representación sindical de los trabajadores nucleares. El artículo 399 de la Ley Federal del Trabajo establece que la solicitud de revisión de los contratos colectivos se debe presentar sesenta días naturales antes de su vencimiento, lo que deja dos meses, un tiempo generalmente adecuado, para revisar el contrato y llegar a acuerdos. Esta revisión se alargó más de cuatro veces ese tiempo, por una política que hace años no asigna recursos suficientes a las instituciones de investigación y que a la fecha persiste y se agravó por los efectos de la emergencia sanitaria, que inhibieron la movilización y la solidaridad. En los plazos originales, cuando pudo haberse hecho, no fue posible llegar a acuerdos. Hay que señalar que a pesar de las dificultades por la emergencia sanitaria y de las contradicciones entre lo que manda la Ley Federal del Trabajo y las condiciones reales para su aplicación derivadas de los retrasos en la puesta en funcionamiento del nuevo órgano de conciliación y registro, los trabajadores nucleares decidieron cumplir rigurosamente con el mandato de la ley. Hacerlo fue un esfuerzo importante, pero también un avance hacia futuros procesos. Esto no es menor, a la vista de las dificultades que han tenido diversas organizaciones a causa de las interpretaciones de la ley y de las condiciones para su cumplimiento. No son pocos los casos de patrones y funcionarios que, como siempre, aprovechan cualquier oportunidad (o la inventan) para tratar de pasar por encima de los derechos de los trabajadores.
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