Portal Semanario
Año 13. No. 678 del 23 dic. 2018 al 05 ene. 2019
Premio de Comunicación Alternativa

 

Ministros y Magistrados Mantendrán sus Privilegios en 2019

SALARIAZOS DEL PODER JUDICIAL SE MANTIENEN

*Con su rechazo a bajar sus altos ingresos quedaron en evidencia.

Por el Lic. Jesus Luna Arias

Colaborador Voluntario de Frecuencia Laboral

Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com

Los altos funcionarios del poder judicial seguirán percibiendo remuneraciones superiores a las del presidente de la República, las cuales para el caso de los miniustros de la Suprema Corte superarán los 330 mil pesos al mes de acuerdo al presupuesto público de egresos 2019 que se aprobó el 23 de diciembre de 2018, por voto mayoritario en la Cámara de Diputados. No les será aplicada la Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos que entró en vigor y que los obliga a ganar menos que el presidente de la República en turno.

En la página 41 del Anexo B se detalla que para los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la remuneración anual bruta será de 4 millones 51 mil pesos, cantidad que incluye pago de prestaciones como la seguridad social por 981.9 mil pesos anuales –eliminaron la ayuda por el día de la madre- y un pago por riesgo de 752-6 mil pesos. Para los ministros que inicien su función en 2019 su salario integral será de un millón 663 mil pesos con 50 centavos, inferior al del primer mandatario.

En el mismo anexo se detalla que la percepción anual bruta del presidente de la República en turno para 2019 será de 2 millones 322 mil pesos, lo cual significa 193 mil 500 pesos como salario integrado mensual (nota infornativa realizada por María de Lourdes Martínez González).

 

Con la promulgación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, 5 mil 174 funcionarios promovieron amparos de los cuales 4 mil 313 pertenecen al poder judicial de la Federación, quienes se llegaron a manifestar alegando que es inconstitucional la mencionada Ley, que dicha ley trasgrede los principios de independencia y autonomía de cada poder. también que era falso que ganaran más de 600,000 pesos, lo cierto es que existe una ley que determina que ningún funcionario público debe ganar más que el presidente de la Republica.

Esta nueva Ley fue aprobada por el Congreso de la Unión, sin embargo el presidente en distintas ocasiones ha manifestado que: “ningún funcionario público puede ganar más que el Presidente de la República, y que lo que se buscará es reducir el gasto corriente y se bajarán los sueldos de arriba para que  aumenten los salarios desde abajo ”, Los trabajadores que se verían beneficiados con aumentos salariales son  médicos y enfermeras, policías, soldados , marinos y profesores, entre otros. “Habrá aumentos progresivos a quienes ganan menos en el gobierno, ya solicite a la Secretaría de Hacienda una política salarial transparente, que no se escondan bonos y compensaciones” Periódico del partido Morena 2018.

La ley fue aprobada con una  votación de 433 votos a favor , nueve en contra y una abstención, a pesar de las críticas iniciales de los partidos opositores: PRI, PAN y PRD. Quienes al parecer no están enterados que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo123 establece que:

ARTICULO 123

VI. Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.

Párrafo reformado DOF 27-01-2016

Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos . Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.

Los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, la que podrá auxiliarse de las comisiones especiales de carácter consultivo que considere indispensables para el mejor desempeño de sus funciones .

La pregunta que seguramente miles de Mexicanos nos hacemos ¿Cuándo los magistrados o diputados han hecho valer esta norma Constitucional?-

Quienes hemos padecido o hemos puesto en la decisión de los magistrados la resolución de impartición de justicia seguramente estaremos de acuerdo que en la mayor parte de las resoluciones independientemente del burocratismo y de una corrupción no comprobada sus decisiones son carentes de una aplicación de justicia

Tal es el caso de miles de trabajadores que se vieron afectados con la reforma a la Ley Federal de Trabajo de 2012 que de facto elimino el derecho a que se pagara los salarios vencidos por el tiempo que durara el juicio y con la reforma limitaron el pago a un año dijeron que el salario caído no era un derecho fundamental de los trabajadores y que no había regresividad (contradicción de tesis 2917/2015) 2 sala ahora dicen que reducirles el salario a ellos si es regresiva como dicen por ahí hágase la justicia en las mulas de mi compadre pero no en las mías.

 

 
   
 
 

 

 
 
 
 
 

 

 

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