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Año 13. No. 717. del 06 al 12 de octubre 2019
Premio de Comunicación Alternativa

 

Se instalaron mesas para despejar dudas y acordar alternativas

LA REFORMA LABORAL CONTIENE OMISIONES Y VACÍOS LEGALES

*Hay irregularidades en los procedimiento impuestos por las autoridades laborales, para validar los contratos colectivos de trabajo y actualización de estatutos.

*¿Qué va a pasar si algún sindicato no cumple? no está establecido claramente.

*Ante las omisiones la autoridad decidirá bajo su criterio quitar derechos a sindicatos.

*Los sindicatos que no tienen la titularidad del contrato colectivo también debe cumplir.

 

Participación del Lic. Jesús Luna Arias,

Especialista en Derechos Laboral y

colaborador voluntario de Frecuencia Laboral

Publicación original de www.frecuencialaboral.com

"Primero me gustaría comentar que el 04 de octubre de 2019 se instalaron unas mesas de trabajo en la Secretaría del Trabajo, con el objeto de comentar y precisar las omisiones y dudas sobre el protocolo para validar los contratos colectivos de trabajo y los estatutos sindicales, de acuerdo a la nueva reforma laboral que entró en vigor en mayo de 2019.

Dos fueron los elementos que se mencionaron ahí. Uno precisamente el que comentaba el compañero Carlos Guillén y usted acerca de los sindicatos que tienen presencia nacional, sóbre cómo le van a hacer para las votaciones (dado que el protocolo se señala que deben hacerlo de manera directa, secreta y universal en un local determinado, pero cuando se trata de sindicatos con decenas o cientos de miles de trabajadores, trasladarlos todos a un recinto en específico será imposible n.d.e.).

Entonces es un tema que quedó todavía a debate para ver la forma, el sentido que se le va a dar a ese tipo de organizaciones para que las asambleas pudieran ser regionales o donde se han establecido los trabajadores o las secciones o delegaciones sindicales.

Un segundo aspecto es que se hicieron señalamientos para que la Secretaría del Trabajo los pudiera tomar en consideración, toda vez que desde el punto de vista de los que concurrimos a este evento se les hizo saber varias irregularidades en el procedimiento.

En los próximos días se va a realizar otra reunión y se puede completar este aspecto y quizá reformar el método en que se van a hacer las cosas.

Precisamente una de esas partes es ¿qué va a pasar si algún sindicato no cumple? No está establecido claramente.

Entonces la situación según el criterio que tiene la Secretaría del Trabajo es que el que no cumpla el requisito, es decir, que el 28 de diciembre del 2019 no vaya a depositar sus estatutos nuevos y estos adolezcan de algunos de los requerimientos que están señalados en la ley pues simplemente no tendrán la representación sindical para poder representar a sus agremiados.

Ese es en el caso de los sindicatos que tienen la titularidad de los contratos colectivos. No olvidemos, por ejemplo, que, en el sindicato de bomberos, del IMSS y varias instituciones hay dos, tres, cuatro sindicatos. Los sindicatos que no tienen la titularidad no quieren decir que están exentos de reformar sus estatutos, también lo tienen que hacer, porque el registro que le da la Secretaría del Trabajo determina que, aunque no tenga la titularidad, debenn que cumplir todos y cada uno de los requisitos que hasta el momento están señalados en la ley.

Se denunció por parte de uno de los participantes, que en la junta Federal del Trabajo específicamente en la junta 14 bis hay cuatro personas que están inscritas en el programa jóvenes construyendo el futuro y son las que están elaborando los dictámenes de laudos o acuerdos de la junta. Eso es extremadamente peligroso por dos cosas:

Uno.- se está violentando una ley porque los jóvenes construyendo el futuro están determinados para capacitarse en distintas áreas. Puede tener capacidad, pero no necesariamente se está cumpliendo con lo que marca la ley porque los están tomando como trabajadores cuando el programa es cosa distinta.

Dos.- la ley exige o determina que para poder ostentar un cargo de representación que dictamine resoluciones en una la junta deben ser abogados deben tener el título profesional. Claro el título no significa que sepa uno, pero creo que es importante porque está marcado en la ley. Entonces se denunció eso y otros aspectos que son bastante interesantes.

Realmente los representantes de la Secretaría del Trabajo se llevaron un buen cúmulo de asuntos por resolver.

 

 
   
 
 

 

 
 
 
 
 

 

 

Año 13. No. 717. del 06 al 12 de octubre 2019
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